a recuperación de la estabilidad, condición esencial para reducir la pobreza y afianzar el crecimiento, requiere incuestionablemente el equilibrio fiscal. Ello debe lograrse reduciendo simultáneamente la agobiante presión impositiva y el alto endeudamiento del Estado. Para que estas condiciones sean cumplibles no hay otra alternativa que la disminución del gasto público. En el lenguaje internacional: el ajuste.
El Acuerdo de Mayo, suscripto en 2024 por el presidente de la Nación y la mayoría de los gobernadores, postulaba bajar el gasto estatal desde el 42% al 28% del producto bruto interno. Es una meta aparentemente ambiciosa, pero ese porcentaje era en nuestro país de solo el12% antes de la década del cuarenta. Una meta del 28% es menos ambiciosa de la que hoy exponen Australia, Canadá, Irlanda, Corea del Sur, Japón, Estados Unidos y Suiza. Hasta la Federación Rusa, luego de la caída del comunismo, la ha reducido al 29,6%.
¿Qué implica una importante reducción del gasto público en un país que ha transitado décadas de populismo y estatismo? Es una meta que exige cirugía y no de un mero régimen para adelgazar. Hay que introducirse en la detallada anatomía del aparato estatal y en la infinita ramificación de sus gastos para poder evaluar el dolor de cada aplicación del bisturí y para saber quién lo padecerá. Una reducción de 14 puntos del PBI abarca actividades superfluas, pero también otras que no lo son y que el gobierno nacional, las provincias y los municipios fueron incorporando al Estado durante décadas de populismo.
La satisfacción de necesidades acuciantes con nuevas asignaciones presupuestarias requiere quitar fondos de alguna otra área. Los fondos públicos no vienen del aire. En un proceso de ajuste los gobernantes deben aplicar criterios de eficiencia en la asignación, pero además están obligados a considerar y comparar el impacto humano y social de cada decisión del corte de un gasto. En este contexto, ¿qué respuesta se les debe dar a quienes teniendo ingresos propios suficientes exigen que se les mantenga un subsidio estatal? Acceder a ese tipo de exigencias sacrificando otras necesidades esenciales no parece correcto desde la equidad y la moral.
Este planteo es aplicable a la gratuidad universitaria. La enseñanza universitaria no es gratis. La pagan otros a través de sus impuestos, incluyendo aquel que paga el IVA al comprar un kilo de arroz.
La cuestión del financiamiento universitario ha tomado relevancia y urgencia. Por eso parece oportuno analizar la posibilidad del arancelamiento selectivo como una forma socialmente equitativa de generación de fondos para garantizar que la universidad pública tenga los recursos necesarios para su funcionamiento y su mejoramiento. Si se lograra una universidad pública autofinanciada quedaría asegurada la genuina autarquía y autonomía que postula la Constitución Nacional.
La gratuidad universitaria no fue un reclamo de la Reforma de 1918, sino que tuvo origen en el Primer Plan Quinquenal de Perón en 1947, en el que se proponía la gratuidad para hijos de obreros. Esto se concretó ese mismo año en la ley universitaria que dispuso el otorgamiento de becas para hijos de obreros o alumnos que fueran sostén de una familia carenciada. Este beneficio se perdía si cambiaba favorablemente la situación económica del alumno. Dos años después, en 1949, cuando arreciaba la oposición estudiantil, el presidente Perón intentó morigerarla dictando un decreto que dispuso la gratuidad universitaria para todos. Desde entonces, cualquier propuesta de revisión de la gratuidad universal pasó a ser políticamente incorrecta.
La reforma constitucional de 1994 introdujo una cláusula (artículo 75, inciso 19) que garantiza “los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales”. La equidad que se menciona bien puede interpretarse como que aquellos alumnos que se encuentran en condiciones de pagar una cuota razonable no debieran ser solventados por los contribuyentes. Se debe recordar que también pagan impuestos en sus consumos las personas de menores recursos. La gratuidad universitaria para todos no contribuye a la igualdad de oportunidades, sino que la contradice.
Según el constitucionalista Alberto Dalla Vía, “la gratuidad funcionará en la medida que sea equitativa. Se trata -señaló- de un principio orientador que no aparece en términos absolutos, sino enunciado de manera flexible como objetivo a alcanzar e implica la aplicación pragmática de los principios de solidaridad y justicia social, pudiéndose establecer contraprestaciones en forma directa o indirecta, según la situación particular del titular del derecho a aprender; en tanto el concepto de equidad se refiere a la justicia del caso concreto.”
Una investigación realizada por la Universidad Nacional de Hurlingham determinó que el 37,3% de los alumnos de las universidades públicas argentinas pertenecen a un nivel socioeconómico ubicado en los dos quintiles más altos de la distribución del ingreso. El tercer quintil comprende otro 20,4 % del alumnado. El 42,3% restante se encuentra en los dos quintiles de menores ingresos. El aporte estatal a las universidades nacionales previsto para 2026 es de 4,87 billones de pesos. Si se quisiera sustituir ese aporte por un arancelamiento que comprendiera solo el 57,7% de los alumnos de más altos ingresos y la gratuidad se mantuviera para el 42,3% restante, debiera aplicarse una cuota mensual de 319.700 pesos. Este valor es bastante inferior al que, en promedio, cobran las universidades privadas en nuestro país.
El arancelamiento aplicado a quienes pueden pagar, reservando el apoyo público mediante becas, préstamos de honor o subsidios directos a aquellos que no disponen de medios pero sí de capacidad, es aplicado por muchos países y no colisiona con nuestra Constitución. Es la opción razonable, equitativa y justa del financiamiento universitario.
Fuente: La Nación

Sea el primero en comentar en "No hay gratuidad universitaria; la pagan otros"