La Justicia le dio la razón al Gobierno y rechazó otro amparo contra el DNU

La Justicia volvió a darle otra buena noticia al Gobierno de Javier Milei respecto al mega DNU 70/23, ya que este miércoles rechazó un nuevo amparo. En este caso, se trataba de un reclamo de los farmacéuticos para declarar inconstitucional al capítulo 4, que plantea reformas en ese rubro.

La decisión tomada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nro 3 no dio lugar al pedido de nulidad presentado por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA), quienes solicitaron la nulidad absoluta de los artículos 313 a 325 del decreto.

En su presentación, las dos entidades planteaban que las normas mencionadas implicaban «una directa ablación a los derechos fundamentales del ejercicio de la profesión de los farmacéuticos como, también, el derecho a la salud de las personas que requieren de la dispensación responsable y adecuada de medicamentos en un establecimiento farmacéutico».

En ese sentido, sostenían además que varios de los preceptos resultaban «contrarios a la Constitución Nacional», ya que el DNU facilita el libre comercio de los medicamentos, su prescripción por droga genérica en vez de marca y la posibilidad de que los medicamentos denominados de venta libre y especialidades farmacéuticas puedan ser vendidos fuera de las farmacias, entre otras disposiciones.https://9311a1879991c23afbf5d8f3cdfab2b9.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-40/html/container.html

Ante esta solicitud, el tribunal respondió rechazando la medida cautelar y planteó duros cuestionamiento a la legitimación de COFA y Fefara para actuar como representantes reales y defensores de los derechos e intereses de los profesionales nucleados de la actividad farmacéutica. TE PODRÍA INTERESAR

En el caso de COFA, la Justicia señaló dentro del estatuto del organismo que «no puede inferirse una habilitación extensiva para accionar judicialmente en nombre de la totalidad de los profesionales farmacéuticos del país».

«No se advierte que el instrumento presentado le confiera la habilitación de accionar judicialmente como pretende en este litigio, invocando la tutela de derechos patrimoniales individuales de quienes, eventualmente, se verían afectados por la norma impugnada», señalaron.

Además, plantearon que «ni en la demanda, el estatuto o documentación complementaria se indica cuáles son los colegios profesionales, federaciones o asociaciones que integran la Confederación accionante; de modo que tampoco surge elemento alguno que permita constatar a que legislación provincial se encuentran sujetos y así poder analizar el grado de impacto de la norma impugnada».

Por lo que «las manifestaciones vertidas por COFA en torno a la defensa de la salud pública resultan genéricas e insuficientes para determinar su aptitud procesal en juicio pues en definitiva se estructuran sobre quejas referidas a modalidades regulatorias del ejercicio de la profesión farmacéutica que, como se puntualizó en el parágrafo anterior, dependen en su concreción de regulaciones provinciales».

Respecto a la situación de Fefara, el fallo señaló que la entidad se constituyó para «la defensa de los intereses y derechos de los farmacéuticos», que incluye «velar por el  cumplimiento de las disposiciones que rijan el ejercicio de la profesión farmacéutica… propender a la competencia leal de la profesión farmacéutica” y “procurar que la naturaleza y calidad de los servicios farmacéuticos prestados al publico en general serán apropiadas y confiables».

«Sin embargo, no acreditó de forma fehaciente con copia de su estatuto tales extremos; ni tampoco ofreció como prueba tal instrumento. Frente a ello, no es posible tener por acreditada la situación jurídica que invoca como sustento de su aptitud procesal para actuar en este juicio», concluyeron.

Fuente: Mendoza online

Sea el primero en comentar en "La Justicia le dio la razón al Gobierno y rechazó otro amparo contra el DNU"

Deje un comentario

Su email no será publicado


*