La industria de los juicios laborales va por todo

Recientemente, se cumplieron 27 años de la creación del Sistema de Riesgos del Trabajo, con logros concretos en materia de prevención de accidentes laborales y con una cobertura que alcanza a más de 10 millones de trabajadores y a más de un millón de empleadores.

El compromiso con la prevención puede advertirse en la sistemática reducción de la cantidad de accidentes mortales, que descendieron un 76% desde la puesta en marcha de la nueva legislación. Pese a ese notorio avance, una creciente litigiosidad amenaza al sistema y la sostenibilidad de las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART). Del mismo modo, una controvertida acta de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT), emitida en septiembre del año último, ha sugerido a los juzgados un método de ajuste de las sentencias laborales absolutamente desproporcionado, que afecta la seguridad jurídica y pone en serio peligro la supervivencia de numerosas empresas, fundamentalmente pequeñas, en un escenario económico por demás desfavorable.

Hacia fines del presente año, habrán ingresado unos 136.000 nuevos juicios solo por accidentes de trabajo, según estima la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART). Si bien 15 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en las que se concentra el 95% de los trabajadores, han adherido oportunamente a la ley nacional de riesgos del trabajo y a su reforma del año 2017, solamente la provincia de Mendoza creó el Cuerpo Médico Forense, esencial para la aplicación de la norma y para evitar los conflictos. De este modo, en los restantes 15 distritos, los peritos médicos judiciales siguen conservando el incentivo a sobrevalorar daños porque sus honorarios continúan convenientemente acoplados al monto de la minusvalía que ellos mismos ponderan, por lo que a mayor porcentaje de incapacidad remanente, mayor será el honorario.

Resulta claro que la sustentabilidad del sistema de riesgos del trabajo, al igual que de cualquier otro esquema de base aseguradora, no podrá mantenerse si se deben pagar prestaciones dinerarias por incapacidades sobrevaloradas o si se generan nuevos servicios sin el financiamiento adecuado.

La solución pasaría por la constitución, sin mayores dilaciones, de los Cuerpos Médicos Forenses, una asignatura pendiente que incluye a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, responsable de la constitución de esa institución en la ciudad de Buenos Aires.

Se multiplican los intereses de los montos indemnizatorios, excediendo la inflación y el índice de variacion salarial

A estos problemas, que derivan en el incesante crecimiento de la industria del juicio laboral, se ha sumado el acta 2764 de la CNAT, que ha modificado radicalmente la forma de aplicación de las tasas de interés que se empleaban en los juicios laborales, tanto por accidentes de trabajo como despidos, multas y demás créditos laborales, provocando una actualización astronómica de los valores reclamados.

Esta actualización dispuesta por la CNAT sugiere un método de ajuste de los montos de sentencia que incluye la capitalización anual de tasa activa, que no solo va en contra del Código Civil, que dispone una sola capitalización al momento de notificar la demanda, sino que arroja montos muy altos, sobre todo en los juicios iniciados antes de 2016. En algunos casos, el monto de la liquidación supera en un 50% el capital actualizado por inflación con más de 6% anual, cuando la indexación se encuentra prohibida.

Tal decisión exacerba la problemática derivada de la industria de los juicios laborales, por cuanto multiplica los intereses de los montos indemnizatorios, excediendo largamente la inflación y el índice de variación salarial, al tiempo que aumenta el incentivo a litigar, poniendo aún más en riesgo al castigado mercado laboral en su conjunto y la subsistencia de muchísimas empresas, además de sobrecargar la justicia del trabajo.

Asimismo, provoca un claro incremento del costo país, restándole competitividad a la economía argentina y agregando inseguridad jurídica por parte de uno de los poderes del Estado. A tal punto que no existen actualmente activos en las carteras de la inmensa mayoría de las empresas, incluidas las ART, que tengan un rendimiento tal que permita calzar y hacer viable la aplicación de la arbitraria acordada de la CNAT.

Esta situación ha generado un sinnúmero de apelaciones e interposición de recursos extraordinarios y de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tribunal del que se espera que ponga las cosas en su lugar para no agravar aún más tan preocupante situación.

Fuente: La Nación

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