El fiscal Eduardo Taiano pidió hoy la indagatoria de su jefa, Alejandra Gils Carbó, la procuradora general de la Nación, por las sospechas que surgieron de la investigación realizada sobre el proceso de compra venta del edificio de la calle Perón 667 donde están las principales oficinas del Ministerio Público Fiscal.
La Procuración General de la Nación pagó en julio de 2013 la suma de $ 43.850.000 por el coqueto edificio de la calle Perón al 600, donde Gils Carbó instaló su despacho y otras dependencias.
La procuradora general de la Nación había puesto al frente de la primera y más importante licitación desde que había comenzado su gestión en 2012, al licenciado en Economía y autotitulado experto en transparencia Guillermo Bellingi. Según su designación, el especialista dependía de manera «directa» de Gils Carbó.
Como subdirector general de la Procuración, Bellingi intervino en la licitación y modificó una condición -en la segunda foja del proceso- que favoreció a la firma que finalmente resultó adjudicataria.
La empresa Arfinsa -del Grupo Bemberg- vendió el edificio. Y le pagó una comisión de $7.700.000 a Jaureguiberry Asesores Inmobiliarios por asesoramiento. Bárbara Jaureguiberry, dueña de la inmobiliaria que lleva su apellido, a su vez le abonó por asesoramiento para la licitación la suma de $3.000.000 a Juan Carlos Thill, un productor de seguros de La Plata sin relación con el rubro inmobiliario.
Thill resultó ser medio hermano de Bellingi. Parte del asesoramiento brindado por Thill a Arfinsa/Jaureguiberry quedó registrado en mails. Thill –definido por Bárbara Jaureguiberry como experto en licitaciones- le envió a la inmobiliaria una copia del pliego de licitación antes de que se hiciera público y le dio precisiones sobre las fechas del proceso que sólo podía conocer por tener información calificada que le brindaba su medio hermano.
El llamado a licitación se hizo público el 6 de marzo de 2013, el 20 de mayo se le adjudicó a Arfinsa/Jaureguiberry y en julio se hizo el pago. Y también los pagos de las comisiones.
Taiano pidió la indagatoria de varios de los imputados porque considera que se cometieron los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, abuso de autoridad, cohecho, tráfico de influencias y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. Para el funcionario judicial se direccionó la licitación para que Arfinsa fuera el ganador y se recibieron coimas.
El fiscal pidió que sean indagados Gils Carbó, Bellingi, Jaureguiberry y Thill. Y también los funcionarios de la Procuración Héctor Zurita, Jorge Domanico y Osvaldo Leguizamón. Solicitó lo mismo para Ignacio Costa Urquiza, asociado a Jaureguiberry en la inmobiliaria, y para los ejecutivos de Arfinsa Adrián González Fischer, Pedro Viceconte y Roberto Martino.
En el dictamen de Taiano presentado ante el juez Julián Ercolini al que Infobae accedió en fuentes judiciales, el fiscal comparó la licitación de 2013 que terminó en el pago de comisiones y una de 2012 que, aunque tuvo un ganador, fue anulada por la administración Gils Carbó cuando llegó a la Procuración.
Para el fiscal el hecho de modificar el pliego respecto de la licitación anulada es un indicio de que se direccionó el proceso para que la ganara Arfinsa.
Se modificó la distancia respecto de la sede de la PGN de Avenida de Mayo al 700 que debían cumplir los edificios ofrecidos, de manera tal que el edificio de Perón obtuvo el mayor puntaje de calificación en ese rubro. En la licitación de 2012 el mayor puntaje se obtenía si la distancia era de dos cuadras de la sede central. En la de 2013 se agrandó a cuatro cuadras, una decisión que favoreció a Arfinsa.
En la licitación sospechada se otorgó un puntaje por cocheras, algo que no había sucedido en 2012. Y el edificio de Perón obtuvo dicho puntaje. En la de 2013 se agregó entre las exigencias los espacios de «auditorio y archivo de seguridad», algo que no se había pedido en la de 2012 y que, por supuesto, el edificio de Perón 667, poseía.
Otro de los indicios acerca del direccionamiento de la licitación fue lo decidido por Bellingi en cuanto las firmas que se presentasen a la licitación no debían acompañar el certificado fiscal que otorga la AFIP para contratar con el Estado.
La solicitud del ese certificado, según Taiano tiene una explicación: «Esto responde a una cuestión lógica: el Estado no puede contratar con un incumplidor fiscal, por lo cual resulta razonable que los interesados deban acreditar su situación fiscal y previsional».
En la foja 2 del proceso licitatorio Bellingi flexibilizó las condiciones al admitir que los oferentes podrían presentarse a la licitación sin el certificado fiscal. Taiano recogió testimonios de empleados jerárquicos de la Procuración que señalaban que Bellingi «insistía» en modificar ese requisito.
Según Taiano esto de debió a que «Arfinsa no contaba con tal documentación al momento de presentarse en la licitación y formular su oferta, sino que recién lo hizo el 17 de abril de 2013, más de un mes después de la convocatoria. Si bien su presentación se concretó de manera previa a la adjudicación del edificio de la calle Perón, la fecha de emisión del certificado fue muy cercana a la adjudicación, lo que hace presumir que los imputados tenían una particular voluntad e interés de que resulte electa la empresa Arfinsa, debido a que desde el mismo inicio del expediente licitatorio fueron insistentes en la posibilidad de excluir la obligación de presentar tal documento, máxime si se compara tal circunstancia con procedimientos anteriores, en donde se exigía como parte de la documentación que debían presentar los oferentes para presentarse en una contratación con la PGN».
Jaureguiberry se defendió en el expediente y señaló que tenía más de 30 años en el rubro inmobiliario, sin embargo le pagó la mitad de sus honorarios a un productor de seguros sin experiencia en el mercado inmobiliario. El fiscal señaló: «Cabe preguntarse entonces, si una firma que se autodefine con tanta trayectoria y experiencia en operaciones de envergadura, necesita de la intervención de una persona ajena para concretar una operación. Si ello fuese como lo explica Bárbara Jaureguiberry en el documento que plasmó la unión profesional con la firma Arfinsa, entonces ¿cómo es posible que pudiendo emprender la operación por sí misma, optara por compartir una comisión en partes iguales con una persona «totalmente ajena?».
Para el fiscal es llamativa la comisión que Arfinsa le pagó a Jaureguiberry: algo más del 17% del precio de venta. Pero Jaureguiberry le «cedió» la mitad a Thill. «La abultada comisión-dijo Taiano- respondió a la particular negociación espuria que determinó la licitación. Podría afirmarse que esa desproporcionada suma de dinero respondió en última instancia, al dinero que percibiría Thill por su servicio de intermediación con los funcionarios de la Procuración».
Sobre la inmobiliaria Taiano dijo que «Ahora bien, difícilmente pueda dejar de despertar sospecha la circunstancia de que una compañía inmobiliaria que se presentaba como una empresa familiar, cuyos negocios en el rubro despliega principalmente en la zona norte del conurbano bonaerense repentinamente logre intermediar en una operatoria de semejante envergadura -tanto por su valor económico y su comisión, como también porque el comprador era el Estado- en un ámbito geográfico distinto al que desarrollaba su actividad. Sumado a ello, es muy curioso también que para ese trabajo, Jaureguiberry contrate a Thill, una persona ajena a su negocio y al tipo de actividad. En este punto ¿qué tipo de asesoramiento especial podría brindarle este promotor de seguros platense?»
Jaureguiberry no se dedicaba a la venta de edificios. Por los menos así lo hicieron saber los representantes de las firmas que se presentaron al concurso. Taiano sostuvo que «las otras empresas que participaron en la licitación cuestionada tenían especial trayectoria en el mercado. Eran compañías reconocidas que desarrollaban sus emprendimientos y actividades comerciales en el ámbito de esta ciudad con experiencia calificada en la materia».
Taiano también se refirió al contrato que firmaron Jaureguiberry y Thill días antes de que se hiciera pública la licitación. En ese convenio figuraba el número de la licitación aunque todavía no era conocido. Para el fiscal es otro indicio de que los ganadores de la licitación tenían información calificada a través de Thill. Y reforzó esa hipótesis cuando citó varios mails intercambiados por Thill y Jaureguiberry en los que se hablaba del pliego de licitación definitivo.
El fiscal aseveró que «el negocio tramado detrás de la Licitación Pública Nº 01/2013 que aparentó un inequívoco marco de legalidad, estaba previamente orquestado y su resultado fue orientado hacia la elección del edificio de Perón, evento para el cual fue necesaria la participación de todos los imputados».
Para el fiscal «El cómputo de las comisiones destinadas a Jaureguiberry obedeció en realidad a la necesidad de incluir una contraprestación a Thill como intermediario de los funcionarios públicos de la Procuración que habrían de decidir la suerte de la licitación. La verdad es que en condiciones normales Jaureguiberry no hubiera sido favorecida con una comisión inmobiliaria de semejante envergadura, sino que la ingeniería de comisiones a éxito, pergeñada por la empresa Arfinsa, quienes ya se sabían ganadores de la Licitación Pública de antemano, obedeció exclusivamente a dar un viso de legalidad a un dinero destinado a comprar la voluntad de los funcionarios públicos».
Taiano analizó en su dictamen los movimientos de cuentas de Thill. El cobrador de la comisión hizo un plazo fijo con la mitad del dinero y la otra mitad la retiró en efectivo en varias ocasiones. El fiscal explicó que «El hecho de que Thill haya efectuado los retiros de dinero aludidos en efectivo y que no tengan reflejo alguno en la adquisición de bienes muebles registrables o inmuebles, conduce invariablemente a la presunción de que ese dinero fue entregado a terceras personas que a la luz de la maniobra investigada pudieron ser sus otros participantes, es decir su propio hermano y funcionario Bellingi, la Procuradora Gils Carbó, y los otros integrantes de la PGN, Zurita, Domanico y Leguizamón». El fiscal también destacó que Jaureguiberry, un mes y medio después de haber cobrado más de 7 millones de pesos de comisión, tenía en su cuenta tan solo 7300 pesos.
Taiano concluyó que «En la tramitación se aparentó un escenario normal, como si el proceso de selección de oferentes no hubiese estado condicionado desde un primer momento. Sin embargo esta simulación ha quedado al descubierto, puesto que los funcionarios públicos involucrados han participado en la comisión de hechos delictivos despreciando el buen apego que debieron tener como representantes de una institución como el Ministerio Público Fiscal. Su accionar deja huellas en el presente y tacha de corruptos a los funcionarios que con el dinero del Estado obtuvieron un provecho personal de una operación pública». Para el fiscal Taiano «Se ha perjudicado al Estado Nacional, puesto que de manera previa a la convocatoria pública ya se había elegido al ganador de la licitación. Si bien el procedimiento administrativo tuvo apariencia de legalidad, en realidad fue producto de una serie de maniobras pergeñadas para torcer el interés de la administración pública y beneficiar a los imputados».Y por eso pidió las indagatorias.
El fiscal determinó durante la investigación que «La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó… había exteriorizado una especial voluntad de desempeñar sus tareas diarias en un edificio de categoría, con las características que reunía el edificio de la calle Perón, que finalmente fue adquirido en la Licitación Pública Nº 01/2013».
En su ditamen Taiano analizó la participación de cada uno de los imputados en la maniobra. Sobre Gils Carbó, su jefa, dijo que «Ahora bien, ¿pudo la adquisición millonaria del inmueble que oficiaría de sede del Ministerio Público Fiscal, importar un acto capaz de escapar a la debida supervisión de la Procuradora General?, ¿pudo el desarrollo de esa operación haber sido legítimamente confiado a terceros, eximiendo a la titular de la Procuración General de la Nación de todo tipo de responsabilidad? La respuesta no puede ser otra que negativa».
Y agregó «Consideradas aisladamente, las decisiones administrativas y gestiones en general de la Procuradora General, podrían pasar inadvertidas, pero apenas se entrelazan cronológicamente sus intervenciones con la participación de los otros imputados, se puede afirmar que no solo conoció el entretelón de la ilícita intención con la adjudicación a la empresa Arfinsa, sino que a su vez participó activamente en su desarrollo al aprobar cada uno de los actos que implicaron determinaciones de fondo para su materialización».
Ante el pedido de Taiano, es el juez Ercolini el debe decidir si llama o no a declarar en indagatoria a los imputados. Entre los que está Gils Carbó la jefa de todos los fiscales nacionales.
Fuente: Infobae.com
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