Categoría: Entrevistas

  • Legisladores blindados, ciudadanos huérfanos

    Con una votación empatada que terminó siendo dirimida por el “voto positivo” de la vicegobernadora bonaerense, Verónica Magario, el Senado provincial dio un paso tan lamentable como peligroso hacia la consagración de una norma que, de convertirse en ley, reabrirá la puerta a la reelección indefinida de legisladores provinciales, concejales y consejeros escolares. No se trata de una mera modificación legislativa, como se esfuerzan en disfrazarla sus impulsores, sino de un vil intento de consolidar la eternización de funcionarios en el poder. Ha quedado así ratificado por dónde pasan hoy las principales preocupaciones de vastos sectores de la dirigencia política, acostumbrados a legislar para sí mismos, a espaldas de la sociedad y en abierta traición al espíritu republicano.

    El proyecto aprobado por la Cámara alta distrital –falta el pronunciamiento de Diputados– fue promovido por el senador Luis Vivona (Unión por la Patria). Votado favorablemente por legisladores kirchneristas, del kicillofismo y por libertarios disidentes, representa la consumación parcial —pero clave— de una ruin maniobra que persigue un único objetivo: garantizar la supervivencia política de quienes no tienen otro horizonte que su propia permanencia en el cargo, asegurándoles buenas dietas. Es el sálvese quien pueda de una dirigencia que ha renunciado a cualquier compromiso con sus representados y que hoy encuentra en los fueros un paraguas útil no solo para amparar y proteger sus privilegios, sino también, en no pocos casos, para blindarse frente a investigaciones judiciales en trámite o por iniciarse. Como ya hemos señalado desde estas columnas, el camino hacia la impunidad está siendo pavimentado desde el propio recinto legislativo.

    La degradación institucional es tan notoria como peligrosa. La ley de 2016, sancionada durante la gobernación de María Eugenia Vidal, con el aval del bloque del Frente Renovador, había resultado un avance en términos de transparencia y calidad democrática, pues permitía la reelección consecutiva de intendentes, legisladores, concejales y consejeros por una única vez, debiendo dejar pasar un período antes de intentar volver a postularse. Sin embargo, esa conquista fue primero desvirtuada por maniobras reglamentarias que permitieron a numerosos intendentes eludir su espíritu mediante licencias estratégicas y ahora es directamente atacada por esta reforma regresiva que momentáneamente dejó fuera a los intendentes.

    Bajo un ropaje de falsa legalidad, los senadores decidieron anteayer revalorizar la figura del político eterno, incapaz de concebir la función pública como un servicio temporario. Los argumentos esgrimidos en favor del proyecto resultan descabellados. Sostener que la Constitución provincial no prohíbe las reelecciones indefinidas no es una justificación, sino la muestra de un pensamiento político carente de ética institucional. Como se sabe –aunque muchos pretendan desconocerlo– la ley no se agota en lo que no prohíbe, sino que se construye desde los valores que promueve. La alternancia en el poder, lejos de resultar un obstáculo, es el motor de toda democracia que se precie de tal. Justificar la maniobra en la necesidad de que “la gente elija” a quien quiera y entonar el tan mentiroso como remanido cántico de la proscripción solo persigue desviar la atención de forma descarada. Se pretende echar un manto de piedad sobre las consecuencias más comunes que resultan del ejercicio perenne del poder: el uso sistemático de recursos públicos, el clientelismo, la no rendición de cuentas y la distorsión de la competencia electoral.

    A quienes mantienen alguna sospecha sobre el verdadero trasfondo de esta iniciativa, baste recordar que muchos de los legisladores que votaron a favor están culminando su segundo mandato y quedarían fuera del juego político si se mantuviera la normativa en vigor. Es, ni más ni menos, que una reforma a medida. No hay razones ideológicas ni técnicas que la sustenten. Solo el más rancio instinto de autopreservación.

    Mientras la provincia de Buenos Aires enfrenta índices alarmantes de pobreza, inseguridad, déficit educativo y sanitario, los senadores han decidido que el problema más urgente es el futuro de sus bancas. El desprecio por las necesidades reales de los bonaerenses es tan flagrante como la hipocresía de quienes dicen representarlos.

    Diputados tiene ahora la posibilidad —y la responsabilidad— de frenar esta vileza. Los legisladores que aún conservan un mínimo de respeto por las instituciones deben impedir que esta norma se sancione.

    Es de esperar que los diputados rechacen esta iniciativa vergonzante y honren el mandato que les fue confiado por la ciudadanía a todos los que hoy cobran un sueldo del Estado para legislar por el bien común, no por el propio.

    Fuente: La Nación

  • Hidrovía: hay que evitar un nuevo fracaso

    Hidrovía: hay que evitar un nuevo fracaso

    La Hidrovía Paraná-Paraguay constituye un elemento vital de la infraestructura de nuestro país. Por ella circula el 80% de las exportaciones de granos y sus derivados y será también un eslabón en el tráfico de minerales que lleguen desde el noroeste al puerto de Rosario. La Hidrovía es también utilizada por Paraguay, Brasil, Bolivia y Uruguay, lo que le da un carácter internacional y genera compromisos de nuestro país, que es responsable de la mayor parte del recorrido.

    La hidrovía Paraguay-Paraná

    La hidrovía Paraguay-Paraná

    Fuente: Fundación Nuevas Generaciones / Administración General de Puertos / LA NACION

    Los costos de la navegación dependen del tamaño de las embarcaciones: se reducen con el aumento del calado o con la cantidad de barcazas ligadas en un tren de empuje. Esto, a su vez, está relacionado con la profundidad, el ancho y otras características que requieren un permanente trabajo de dragado y balizamiento. La obtención de una mayor profundidad en el tramo fluviomarítimo desde Timbúes hasta el Atlántico es un objetivo ampliamente consensuado desde hace décadas. Concretarlo y mantenerlo exige alta capacidad y tecnología de dragado. La inhabilidad del Estado para realizar en forma directa esta tarea motivó que, en 1996, se licitara internacionalmente y se adjudicara y contratara por 25 años la concesión por peaje de la Hidrovía. Ese plazo finalizó y la Administración General de Puertos se hizo cargo de la administración y el cobro del peaje, contratando el dragado y el balizamiento con las compañías que lo hacían hasta entonces.

    En septiembre de 2021 se hizo un llamado a licitación de la concesión, que fracasó al presentarse solo un oferente a la etapa inicial de precalificación. Eventuales oferentes presumieron que las condiciones de competencia no estaban aseguradas. La Procuraduría de Investigaciones Administrativas presentó un dictamen señalando diversas irregularidades detectadas durante el procedimiento licitatorio.

    El 19 de noviembre de 2024, bajo el actual gobierno, se llamó a una nueva licitación que culminó en un nuevo fracaso en marzo de 2025. Esto ocurrió como consecuencia del conjunto de condiciones que se plasmaron en un muy controvertido pliego. La presumible orientación en favor de un interesado despertó impugnaciones y rechazos que finalmente se tradujeron en una única oferta. No fue la del eventual favorito, sino la de una firma que había impugnado las condiciones del pliego. La anulación de la licitación fue la única salida posible. El desafío pasó a ser la redacción de un nuevo y bien estudiado pliego que garantice competitividad en la licitación y que asegure la menor tarifa de peaje y las mejores condiciones futuras para la navegación en la Hidrovía.

    La última licitación culminó en un nuevo fracaso en marzo de 2025, como consecuencia del conjunto de condiciones que se plasmaron en un muy controvertido pliego. La presumible orientación en favor de un interesado despertó impugnaciones y rechazos que se tradujeron en una única oferta

    La forma más clara y menos controvertida de adjudicación de una licitación es hacerla solo por precio. En este caso, definidos con precisión los trabajos a realizar y establecidas las condiciones de capacidad para poder ofertar, se deberá adjudicar a quien ofrezca la menor tarifa de peaje entre aquellos que las cumplan. Es un error combinar una puntuación técnica con las ofertas económicas, ya que genera espacios para la discrecionalidad y la manipulación. Además, el peaje será el elemento clave para los usuarios. En el transporte de productos agrícolas cuyos precios están dados internacionalmente, el peaje carga íntegramente sobre el productor. Por eso la menor cotización del peaje es lo que realmente importa.

    La licitación fracasada impidió competir a firmas extranjeras de propiedad estatal. En rigor el único caso eran las empresas chinas. Parecería que hubo un temor de carácter geopolítico similar al de los Estados Unidos frente al de una compañía china operando un puerto en el Canal de Panamá. O tal vez un prurito excesivo por reafirmar la relación amistosa de nuestro gobierno con el país del norte. Pero son casos distintos y debería evaluarse si hay motivos suficientes para sacar de la competencia empresas que pueden ofrecer un peaje menor en la Hidrovía. La mayor competitividad de nuestros exportadores también tiene importancia estratégica y geopolítica.

    La concesión prevé etapas futuras de profundización del cauce en el tramo hasta Timbúes. El pliego deberá solicitar la cotización de los peajes por aplicar en el futuro en dichas etapas y las fórmulas preestablecidas de ajuste. No debe dejarse librado ningún cambio de tarifas a negociaciones bilaterales futuras. Se ensombrecería la transparencia de la licitación.

    Desde el punto de vista de una mayor competencia sería preferible la concesión por separado de tres tramos de la Hidrovía. Uno de ellos sería el del Río de la Plata; un segundo, el río Paraná hasta Timbúes, y un tercero, desde esta localidad hasta la confluencia de los ríos Paraná y Paraguay. Estos tramos tienen características hidrológicas y sedimentológicas diferentes, y requieren equipamientos adaptados a cada caso. Los tres tramos tienen una escala suficientemente atractiva. También parece conveniente, por similares razones, licitar por separado el balizamiento y batimetría, y excluir tareas ocasionales como la remoción de barcos hundidos.

    La forma más clara y menos controvertida de adjudicación de una licitación es hacerla solo por precio

    El riesgo de desvalorización de la moneda, sea el peso o el dólar, debe quedar excluido de la concesión. A tal fin el pliego deberá establecer un índice de ajuste por inflación. Por lo contrario, otros riesgos como el tráfico y contingencias climáticas deberían ser previstos en la cotización y absorbido por el concesionario. Esta es la regla aplicada en las concesiones por peaje en las autopistas camineras en corredores de tráfico ya desarrollado.

    Un aspecto clave del proyecto de la Hidrovía es la profundidad por alcanzar en cada uno de los tramos. Hay coincidencia en que podría llegarse en dos etapas a 39 y 42 pies hasta Timbúes, cubriendo de esa manera los puertos cerealeros privados al norte de Rosario. Cuanto mayor sea la profundidad de la vía y el calado de los barcos, menor será la necesidad de completar carga en los puertos marítimos aguas afuera de la Hidrovía. El ahorro de flete se contrapone al mayor costo del dragado, que crece en forma más que proporcional con la profundidad. Consecuentemente, el peaje por tonelada aumentará de la misma forma. Hay un punto óptimo que parecería rondar los 42 pies.

    El plazo de la concesión es otro de los temas sensibles. Plazos más largos tienen mayor atractivo para los eventuales oferentes. Suelen ser necesarios cuando una inversión inicial a cargo del concesionario se hunde en activos que quedarán de propiedad del concedente al final de la concesión. En ese caso se requiere un periodo suficientemente largo de amortización. Sin embargo, no será así en el caso de la Hidrovía. El costo del dragado se cubrirá desde el primer día, prácticamente pari passu con el peaje. El equipamiento es trasladable y no se le deja al concedente. En rigor es la prestación de un servicio con equipos ya existentes. Por lo tanto, el plazo de concesión puede ser más reducido en interés del concedente y sin afectar sensiblemente la atracción por el negocio.

    El éxito de la próxima licitación es fundamental para la economía y el prestigio del país. La transparencia y el diseño correcto del pliego son necesarios para borrar las malas sensaciones que dejó el fracaso de las dos licitaciones anteriores.

    Fuente: La Nación

  • Un candidato argentino para presidir la ONU

    Un candidato argentino para presidir la ONU

    La posibilidad de que el diplomático Rafael Grossi se convierta en el próximo secretario general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) debería ser bien recibida por la comunidad internacional y ser respaldada por el gobierno de Javier Milei. No simplemente porque se trate de un argentino, sino también por su capacidad y vasta experiencia, reconocida mundialmente, al frente del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), que ha dirigido desde 2019 hasta hoy.

    Detrás de las convulsionadas relaciones internacionales, conmovidas hoy por la prolongada guerra en Ucrania, tras la invasión rusa, y por el conflicto bélico en Medio Oriente, subsiste una inquietud aún mayor, derivada de la posibilidad de una catástrofe nuclear.

    Por cierto, tanto las tensiones geopolíticas como la virtual parálisis del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la próxima expiración del Tratado de Reducción de Armas Estratégicas (Start III), en febrero de 2026, amenazan la estabilidad del orden nuclear. Esta situación aumenta la incertidumbre y los riesgos de una nueva y descontrolada proliferación nuclear.

    De ahí que la experiencia cosechada por Grossi pueda ser relevante para afrontar esos desafíos desde una hipotética secretaría general de la ONU, cuando se cumpla el mandato de su actual titular, el portugués António Guterres.

    Grossi es licenciado en Ciencias Políticas de la Universidad Católica Argentina; realizó una Maestría en Relaciones Internacionales y un doctorado en Historia y Política Internacional en la Universidad de Ginebra. Egresó del Instituto del Servicio Exterior de la Nación en 1985. Como experto en temas de seguridad, desarme y no proliferación nuclear, representó a la Argentina en distintos foros vinculados a esa problemática. Entre 1997 y 2000, presidió el Grupo de Expertos Gubernamentales de las Naciones Unidas sobre el Registro Internacional de Armas y, posteriormente, fue asesor del subsecretario general de la ONU en materia de desarme. Entre 2002 y 2007 fue jefe de gabinete del OIEA y de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas.

    Tras su paso por la embajada argentina en Austria, en 2019 accedió al cargo de director general del OIEA, convirtiéndose en el primer latinoamericano en dirigir ese organismo, donde fue reelegido hasta 2027. Visitó las instalaciones nucleares de Corea del Norte y participó en encuentros con representantes de Irán para lograr un acuerdo que congelara su programa nuclear. Asimismo, mantuvo reuniones con los presidentes de Rusia, Vladimir Putin, y de Ucrania, Volodimir Zelensky, con el propósito de evitar una escalada nuclear.

    El OIEA fue creado en 1957 para promover el uso pacífico y seguro de la energía nuclear, y evitar la proliferación de armamentos de este tipo. La mayoría de los países miembros aceptan los controles por parte de personal de este organismo, que presentó informes críticos sobre los desarrollos iraníes y también sobre la falta de información proporcionada por la República Islámica de Irán. Esta situación desencadenó en los últimos días injustas acusaciones contra Grossi por parte de un asesor de ayatollah Ali Khamenei, el guía supremo Ali Larijani. Este subrayó que Teherán hará que el diplomático argentino “pague” después de la escalada bélica, sin dar mayores detalles de las consecuencias que enfrentaría.

    Antes de que se intensificara el conflicto, Grossi había señalado que “Irán no estaba cooperando con la agencia como debía hacerlo” y que estaba enriqueciendo uranio hasta un 60% y restringiendo el acceso a sus centros nucleares. Explicó que “siempre hay una intención de utilizar al OIEA para validar posiciones, de un lado o del otro” y aclaró: “Nosotros somos la voz independiente en este momento”.

    Aunque aún no hay una lista oficial de candidatos a la secretaría general de la ONU, además del titular del OIEA, se ha mencionado a la expresidenta de Chile Michelle Bachelet; a la primera ministra de Barbados, Mia Mottley; a la ex primera ministra de Ecuador María Fernanda Espinoza, y al expresidente colombiano Juan Manuel Santos.

    La capacidad de Grossi para granjearse la confianza de importantes actores internacionales y evitar una crisis nuclear lo ha convertido en uno de los diplomáticos más reconocidos en el orden internacional, posibilitando que su nombre suene como potencial secretario general de la ONU, un cargo que, desde su creación, fue ocupado solo por un latinoamericano: el peruano Javier Pérez de Cuéllar. Una frase, expresada en una reciente entrevista concedida a LA NACION, habla de este diplomático argentino: “La imparcialidad es un acto de valentía también”.

    Fuente: La Nación

  • La bandera roja que no fue

    La bandera roja que no fue

    Una escalada de violencia armada se había adueñado de la Argentina hacia mayo de 1975. Organizaciones terroristas que necesitaban imperiosamente recursos económicos y armamentísticos que les otorgaran poder de extorsión para tomar el poder protagonizaban atentados, secuestros y asesinatos de civiles, empresarios, jueces, fiscales y miembros fuerzas de seguridad sin respeto alguno por mujeres, niños o ancianos. No eran inocentes “jóvenes idealistas”.

    En el monte tucumano, estos guerrilleros pretendieron montar un enclave marxista revolucionario desde el cual recibir apoyo extranjero y conseguir reconocimiento internacional. Con distintos focos en zonas rurales, el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) llegó a controlar un tercio del territorio provincial. Por instrucción del gobierno constitucional de María Estela Martínez de Perón, mediante el decreto del 5 de febrero de 1975, se lanzó el llamado Operativo Independencia cuyo objetivo era “neutralizar y/o aniquilar el accionar de elementos subversivos” en Tucumán.

    En ocasión del Día del Ejército Argentino que se celebró el 29 de mayo de aquel año, el ERP había programado un ataque al puesto del Comando Táctico en Famaillá, desde donde se coordinaban las operaciones antiterroristas, con la intención de asesinar a todos los oficiales, incautar los elementos de combate y sitiar al pueblo.

    Afortunadamente, la verdad y el tiempo han permitido reivindicar el valor del Operativo Independencia

    Casualmente, el día anterior al ataque, los terroristas se toparon sorpresivamente con miembros de la Compañía de Ingenieros de Montaña 5 con asiento en Salta, que prestaban servicio en la zona haciendo tareas de pintura y albañilería en escuelas. Los tres conscriptos que estaban en el portón de la Escuela de Manchalá fueron atacados por integrantes de la Compañía de Monte Ramón Rosas Jiménez, del ERP, resultando herido en la pierna el soldado Adrián Segura. Desde dentro de la escuela, bajo la dirección del cabo Gerardo Lafuente, seis conscriptos y otro suboficial repelieron el ataque y lograron rescatar a Segura. Los más de cien terroristas, fuertemente armados, que arribaron con dos camiones y tres vehículos para apostarse en torno a la escuela, habían rodeado el edificio escolar devenido en cuartel y exigían al reducido pelotón que se rindiera.

    El soldado Luis Arce logró escapar en un Unimog, trasladando al hospital a Roberto Mamani, uno de los varios heridos, para también dar aviso del ataque mientras los demás soldados aguardaban valientemente la arremetida final.

    A la llegada de un contingente del Ejército, cuando caía la noche, la situación era tan confusa que pensaron que los guerrilleros podían haber ya tomado la escuela y se preparaban para volarla pero, ante la duda, el sargento ayudante Serafín Lastra se ofreció a acercarse cuerpo a tierra para confirmarlo. Usó la Canción del Ingeniero como santo y seña y grande fue la emoción cuando la respuesta desde adentro le confirmó la presencia de los valientes soldados sobrevivientes que evitaron que una bandera roja reemplazara a la insignia nacional en la escuelita de Manchalá. Aprovechando la oscuridad y viendo la llegada de los refuerzos del ejército, los atacantes se dispersaron entre los cañaverales y abandonaron la zona.

    Cincuenta años se cumplieron de aquella heroica gesta. Afortunadamente, la verdad y el tiempo ha permitido reivindicar el valor del Operativo Independencia. Varios de los oficiales que defendieron la democracia y la libertad, acusados de delitos de lesa humanidad que no cometieron, cumplen condenas. Recordar los hechos es contribuir a que las jóvenes generaciones accedan a la historia para que puedan sacar sus propias conclusiones tras décadas de relatos tan parciales como ideologizados que buscaron dividir a los argentinos.

    Fuente: La Nación

  • Viudas del poder ante la Justicia

    Viudas del poder ante la Justicia

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    Jian Qing, llamada la Viuda Roja, cuarta esposa de Mao Tsé-Tung, dirigió la Revolución Cultural e integró el Politburó del Partido Comunista. Cuando falleció su esposo (1976), pretendió continuar en el poder con la llamada Banda de los Cuatro, que integraba. Pero ya soplaban vientos de modernización en China, con la creciente gravitación de Deng Xiao Ping y en 1980 los cuatro fueron sometidos a juicio público, acusados de crímenes cometidos durante aquella revolución. Como la figura de Mao continuó siendo idealizada, ella basó su defensa en que siempre cumplió sus órdenes. A pesar de ello fue condenada a muerte, aunque la pena fue conmutada y reemplazada por prisión. Una solución de equilibrio para no despertar la ira de las facciones, tanto del Ejército, como del Partido, que le seguían siendo leales.

    Su acusación tenía unas 20.000 páginas y detallaba miles de crímenes, pero Jiang Qing sentía que su poder estaba por encima de los tribunales. En un momento, respondió al juez: “¿Miedo de usted? ¡Tú me tienes miedo!”. Durante los dos meses del juicio, lo llamó “fascista”, desafió al tribunal a que le cortaran la cabeza y fue sacada de la sala varias veces, gritando consignas revolucionarias.

    Imelda Marcos fue esposa de Ferdinand Marcos, el ex presidente de Filipinas que gobernó durante 21 años, entre 1965 y 1986. En ese lapso, el matrimonio acumuló una inmensa fortuna en propiedades, empresas, activos y bienes, a través de una intrincada red de testaferros, accionistas y “amigos de negocios” que lavaron esos activos, los legalizaron y devolvieron al patrimonio personal de la pareja.

    Luego de la muerte de su marido, fue juzgada en Nueva York por corrupción, evasión impositiva y lavado de capitales (1990). La fiscalía pretendía recuperar esos fondos, que suponía en bancos extranjeros. Imelda denunció un complot judicial contra ella, negó los hechos e impugnó la competencia de esos tribunales para intervenir en el caso, que debía seguirse en los estrados filipinos. Logró así su absolución.

    Pero en Filipinas a los Marcos les fue peor, al principio, cuando Ferdinand vivía. Fueron declarados culpables por 29 delitos de evasión fiscal e Imelda condenada a 48 años de cárcel. Sin embargo, con los cambios políticos, el Tribunal Supremo anuló la sentencia en 1998. Ella nunca entró en prisión ni fue inhabilitada para ejercer cargos públicos. Volvió a la política y fue candidata a la presidencia en 1992 y 1995, diputada entre 1995 y 1998 y, de nuevo, en 2010. En 2022, Ferdinand Marcos Jr. (“Bongbong”), su hijo, fue elegido presidente hasta 2028.

    Cristina Kirchner fue acusada y luego condenada por administración fraudulenta agravada en la causa Vialidad, sustanciada en 12.000 fojas que prueban irregularidades en 51 obras viales realizadas en Santa Cruz, con un perjuicio al Estado estimado en 85.000 millones de pesos. En 2019, al ser indagada por el Tribunal Oral Federal N° 2, en lugar de alegar inocencia, acusó a los jueces de ejercer lawfare contra un gobierno popular, teniendo su condena escrita de antemano. Ya retirándose, cuando el tribunal le recordó que podía responder preguntas, volvió sobre sus pasos y respondió de forma altiva: “¿Preguntas? ¡Preguntas van a tener que contestar ustedes!”

    Esos tres casos difieren en gravedad y en contexto, ya que Jian Qing e Imelda Marcos fueron acusadas de delitos contra las personas y contra la libertad, crímenes mucho más graves que los desfalcos monetarios llevados a cabo por nuestra expresidenta. Pero los tres se asemejan en cuanto a la percepción de impunidad de las tres viudas ante el accionar de la Justicia. Como bien señaló Carlos Pagni en LA NACION, refleja la idea populista de que el Poder Judicial carece de legitimidad frente a la fuerza de las urnas. Según esa concepción, el alcance de las leyes no puede depender de jueces aliados a los poderes concentrados que impiden transformaciones votadas por las mayorías. Ni mucho menos, condenar (“proscribir”) a las viudas que las representan.

    Cristina Kirchner, al ser indagada por el Tribunal Oral Federal N° 2, en lugar de alegar inocencia, acusó a los jueces de ejercer lawfare contra un gobierno popular y de tener su condena escrita de antemano.

    Sin embargo, en todo sistema republicano el Poder Judicial (o un tribunal especializado) debe tener la facultad de controlar la constitucionalidad de los actos de los demás poderes. De lo contrario, todas las leyes serían constitucionales por el solo hecho de sancionarse y también los decretos por la firma presidencial. La Carta Fundamental sería letra muerta y la inseguridad jurídica demolería las instituciones. No son los jueces los que están por encima de legisladores o presidentes, sino la Constitución, cuya supremacía deben hacer valer.

    Como alternativa, quienes pretenden liberarse de la trabazón de un poder judicial cancerbero de la norma fundamental, proponen politizar la designación de los jueces. Es la famosa “justicia legítima” propiciada por el kirchnerismo, que implica modificar la forma de nombramiento de los magistrados y quitarles estabilidad. Los candidatos estarían incluidos en las listas partidarias para las elecciones, como si se tratase de diputados o senadores. De esa forma, al existir una comunión de ideas entre los integrantes de los tres poderes, se allanaría el camino a reformas polémicas solo cambiando la forma de elegirlos. Ello tendría efecto en casos de corrupción para proteger a funcionarios –y sus viudas– y también para redefinir derechos básicos como la propiedad, el contrato, los delitos o las potestades administrativas pues, entre correligionarios, no habrá cornadas. Sus conductas siempre serían exculpadas, sus leyes y decretos, siempre constitucionales. Siguiendo el péndulo de la opinión pública, volátil y circunstancial, su alcance podría variar en cada mandato conforme a las distintas ideologías que se sucedan.

    Este ensayo acaba de ser adoptado por México el año pasado, siendo así el primer país del mundo que elige a sus jueces por voto popular. La presidenta Claudia Sheinbaum logró una serie de reformas constitucionales con el apoyo de su super mayoría legislativa, incluyendo esta. La envidia de todos los populismos de aquí y de allí: basta de Montesquieu, fuera Jefferson, adiós Alberdi.

    No se trata de un avance, sino de una regresión. El Estado de Derecho, justamente, implica sustituir la voluntad del gobernante, elegido o hereditario, por la vigencia de la ley. Y es la función de la Justicia, a través de jueces estables e independientes, asegurar que las normas se correspondan con el texto constitucional y se apliquen por igual, sin intromisión de la política por más mayoritaria que fuere.

    Solo de esa manera se extenderá el horizonte de la seguridad jurídica, indispensable para las decisiones de largo plazo, las inversiones, el empleo regular y la estabilidad de las familias. Aunque a quienes detentan el poder o a sus viudas, eso les moleste.

    Fuente: La Nación

  • Cristina, sus derechos y los de los otros presos

    Cristina, sus derechos y los de los otros presos

    Mucho se ha hablado en estos días acerca de si legalmente corresponde o no la detención domiciliaria concedida a Cristina Kirchner. La ley de ejecución penal efectivamente contempla esa modalidad como una facultad propia del juez de la causa, el cual “podrá” –según dice la norma– concederla en determinados supuestos allí previstos, entre los cuales se encuentra que el condenado tenga 70 años de edad. Lo que muchos han soslayado en sus análisis, es que a partir del 1° de diciembre de 2022, por iniciativa de la diputada Cecilia Moreau y otros legisladores, el Congreso Nacional le dio jerarquía constitucional a la Convención Interamericana de Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. La citada Convención, hoy parte de nuestra Constitución, obliga al Estado Nacional y a las provincias, textualmente, a adoptar y fortalecer todas las medidas legislativas, administrativas, judiciales y de cualquier otra índole a fin de garantizar a la persona mayor de 65 años un trato diferenciado y preferencial en todos los ámbitos. La norma alcanza expresamente a los privados de libertad y dispone que sea aplicada sin discriminación alguna, obligando inclusive a la adopción de medidas alternativas respecto de la privación de libertad, de acuerdo con sus ordenamientos jurídicos internos. Vale aclarar que nuestro ordenamiento procesal contempla nueve medidas alternativas a la prisión en una penitenciaría, y no solo para los adultos mayores sino para cualquier procesado.

    Es inexplicable que no se les conceda la prisión domiciliaria que dispone la ley a cientos de militares, policías, gendarmes y penitenciarios mayores de 70 años que ni siquiera tienen condena y que se están muriendo en las cárceles

    Resulta claro que aquella norma, hoy constitucional, debe ser acatada por los agentes estatales que actúan en los procesos judiciales, esto es, tanto el Ministerio Público Fiscal como la Defensoría Oficial y los jueces con competencia penal. Nos resulte justo o no, la Convención considera que la vejez trae consigo inevitablemente una serie de riesgos para la salud y la vida de todo ser humano. El ineludible debilitamiento de todas las funciones psicofísicas genera un creciente grado de vulnerabilidad que exige ser tenido en cuenta frente a situaciones de encierro prolongadas, y encontrar el límite para adecuarse a los estándares internacionales sobre derechos humanos. Por otra parte, la propia Constitución nacional, hace ya más de 150 años, nos enseñó que la cárcel no es para castigo sino para seguridad de los alojados en ellas, prohibiendo toda mortificación que exceda la que ya conlleva toda privación de libertad. Por mucho que se especule acerca de la finalidad de las penas, lo cierto es que tanto la Convención Americana sobre Derechos Humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, también incorporados a nuestra Constitución, establecen que toda pena privativa de libertad tiene como finalidad esencial la reforma y la readaptación social de los condenados. Un antiguo principio del derecho establece que cuando la ley es clara, no debería admitir otra interpretación que la que surge de su texto. Cristina Kirchner, con sus 72 años, goza, nos guste o no, de la protección de esta Convención hoy constitucional que los jueces deben acatar.

    Lo único realmente disonante desde lo legal y que debe llevarnos a una profunda reflexión, especialmente en el fuero federal del Poder Judicial, es por qué motivo se le concede este beneficio o derecho después de la elevación jerárquica de la Convención sobre los adultos mayores, a la expresidenta –al igual que a muchos otros políticos procesados por corrupción–, mientras que se ha mantenido y mantiene desde hace dos décadas privados de los mismos beneficios a cientos de militares, policías, gendarmes y agentes del Servicio Penitenciario mayores de 70 años acusados de delitos de lesa humanidad. Muchos de ellos permanecen en cárceles aun cuando no fueron ni siquiera condenados. Decenas fallecieron en prisión y otros casos fueron derivados a sus domicilios cuando ya estaban desahuciados. Un reciente habeas corpus colectivo presentado en favor de casi un centenar de ellos que permanecen en cárceles, demostró que muchos cumplen prisiones preventivas de más de seis y hasta diez años, y que todos ellos padecen enfermedades graves. Permanecen en prisión carcelaria pese a presentar casos de cáncer, demencia senil, Parkinson, Alzheimer, incontinencia, pérdidas reiteradas de conocimiento que generaron graves traumatismos, ceguera, cardiopatías con antecedentes de infartos de los cuales salieron merced al auxilio de otros presos. Presentado en noviembre último, y sin resolución, ya han fallecido en su transcurso seis de sus beneficiarios. Entre este grupo hubo detenidos en cárcel de más de 90 años y todavía los hay con más de 80. Este trato no es solo ilegal, sino inhumano y ofende uno de los principios más sagrados de nuestra Constitución, como la igualdad ante la ley, que implica que ninguno de nosotros ha de gozar de menos derechos que otro. Lamentablemene, la Justicia Federal argentina no la está honrando, ejerciendo una discriminación inaceptable.

    Fuente: La Nación

  • No puede haber privilegios cuando hay graves delitos

    No puede haber privilegios cuando hay graves delitos

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    La confirmación de las condenas judiciales por corrupción contra Cristina Kirchner y, previamente, contra Amado Boudou, lleva a realizarnos la siguiente pregunta: ¿debe el Estado sostener con fondos públicos beneficios de privilegio para quienes precisamente han delinquido en ejercicio de la función pública? Un sistema institucional que se precie de honrar los valores del bien común y la igualdad ante la ley no admite dobles lecturas.

    Las asignaciones vitalicias previstas en la ley 24.018, de diciembre de 1991, para expresidentes y exvicepresidentes, fueron concebidas como una forma excepcional de reconocimiento institucional. Pero esa excepcionalidad, sustentada en la confianza y el decoro, se torna un contrasentido cuando beneficia a funcionarios que traicionaron ese mandato, incurriendo en graves delitos contra el erario público que debían administrar.

    Ambos casos revisten especial gravedad. Amado Boudou, condenado en 2018 por cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública en la causa Ciccone –condena confirmada por la Corte Suprema de Justicia dos años después–, percibió más de 236 millones de pesos en concepto de jubilación de privilegio desde 2020 y pese a tener sentencia firme condenatoria. En noviembre de 2024, la Anses revocó –no meramente suspendió– su prestación. Esa diferencia técnica es importante: la revocación implica que el beneficio nunca debió haberse concedido y habilita al Estado a reclamar la restitución del total de lo cobrado más lo que corresponda por actualización. De hecho, días atrás, el gobierno nacional inició una demanda judicial para recuperar lo indebidamente percibido por el exvicepresidente.

    Cristina Kirchner, por su parte, fue doblemente condenada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos por fraude a la administración pública en la causa Vialidad, penas que también fueron confirmadas por la Corte Suprema en un reciente fallo con certeros argumentos. Se trata de un perjuicio para el Estado de 85.000 millones de pesos, siendo esta cifra solo la punta de un gigantesco iceberg. En su caso, la Anses había resuelto en noviembre pasado dar de baja las dos prestaciones que cobraba: una por su calidad de expresidenta y otra por haber sido cónyuge del expresidente Néstor Kirchner. El monto que percibió en noviembre último –más de 21 millones de pesos en mano, 35 millones en bruto– equivalía entonces a 89 jubilaciones mínimas.

    El monto que percibió en noviembre último Cristina Kirchner –más de 21 millones de pesos en mano, 35 millones en bruto– equivalía entonces a 89 jubilaciones mínimas

    Aun con sentencia firme en su contra, reclama en la Justicia que se le restablezcan ambos beneficios. El Gobierno evalúa presentar ahora, como “hecho nuevo”, la ratificación de su condena para fundamentar el rechazo a su pretensión. La diferencia con el caso de Boudou –también inhabilitado de por vida para ejercer cargos públicos– es de forma; en el fondo, los elementos que justificaron la revocación de la prestación en uno son idénticos a los que concurren en el otro.

    Las pretensiones de restitución planteadas por la expresidenta incluyen adicionales de unos 6 millones de pesos en concepto de residencia en zona austral, pues había declarado domicilio en Santa Cruz, aunque era conocido que vivía en la Capital Federal. Por la percepción de ese plus, la Anses presentó el año pasado una demanda penal contra la exfuncionaria “por presuntos delitos de estafa, defraudación a la administración pública y falsedad ideológica”. Seguramente, el recorte de este adicional jubilatorio derivará en una nueva presentación judicial que se verá si no colisiona con la residencia propuesta por Cristina Kirchner y aceptada por la Justicia para cumplir prisión domiciliaria en el barrio porteño de Constitución.

    La argumentación jurídica es clara. La ley 24.018 excluye del derecho al beneficio a quienes sean removidos por mal desempeño. Aunque no menciona expresamente a los condenados por delitos, la interpretación que ha prevalecido asimila la condena penal a una forma superior de inhabilidad ética y funcional. Así lo entendió la Anses al aplicar el criterio de “indignidad sobreviniente”. Además, el Código Penal establece que quienes reciben condenas mayores a tres años quedan suspendidos en su derecho a jubilaciones y pensiones mientras dure la pena. La propia Constitución, en su artículo 36, sanciona con pérdida de derechos políticos a quienes cometan delitos contra el orden institucional y en el final del párrafo extiende esa sanción a quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos

    Quienes invocan supuestos derechos adquiridos u objetan que no ha mediado juicio político olvidan que no hay derecho adquirido a lo ilegítimo. La asignación vitalicia no es un derecho alimentario ni previsional ni contributivo: es una gracia del Estado y, en ese sentido, puede ser denegada o revocada si se vulneran las condiciones éticas que la legitiman. Más aún cuando la percepción simultánea de dos beneficios –como en el caso de la expresidenta– contraviene expresamente el artículo 5 de la propia ley, que dispone que tal percepción de la asignación de privilegio “es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”.

    Resulta impostergable que el Estado revoque formalmente las asignaciones de privilegio a todos los condenados en ejercicio de la función pública e inicie las acciones legales pertinentes para la devolución de lo indebidamente cobrado

    Algunos especialistas en derecho critican que estas decisiones hayan emanado de una autoridad administrativa como la Anses y no del Poder Judicial. Sin embargo, cabe recordar que la legalidad en la función pública exige interpretar las normas a la luz del interés general y que, de existir una falta de acción judicial, eso no inhibe el deber de prevenir el dispendio de recursos públicos. Si un funcionario condenado por robar al Estado continúa cobrando una asignación millonaria del mismo Estado, amén de la flagrante contradicción, se suma el descrédito institucional, que es automático y devastador.

    Frente a esta situación, el contraste entre ambos casos evidencia una inadmisible dualidad de criterios. Mientras al exvicepresidente se le revocó el beneficio y se le exige la devolución de lo cobrado, a la expresidenta solo se le dio de baja la asignación, manteniéndose así abierta la posibilidad de su restitución, incluso retroactiva, si los tribunales no intervienen. Tal escenario no solo ofende el sentido común de millones de argentinos que cumplen la ley y reciben jubilaciones que no alcanzan a cubrir necesidades mínimas, sino que además erosiona la legitimidad del propio sistema.

    Resulta impostergable que el Estado unifique criterios, revoque formalmente las asignaciones de privilegio a todos los condenados por corrupción en ejercicio de la función pública e inicie las acciones legales pertinentes para la devolución de lo indebidamente cobrado.

    No puede haber honor donde hubo delito. El sistema democrático, con sus mecanismos de separación de poderes y controles institucionales, busca prevenir y castigar la corrupción. Es hora de que nuestras instituciones honren esos principios y que los reacios a cumplir las leyes y a respetar los fallos internalicen que no puede haber privilegios cuando hay una condena.

    Fuente: La Nación

  • La prisión domiciliaria convertida en tribuna política

    La prisión domiciliaria convertida en tribuna política

    La prisión domiciliaria que cumple Cristina Kirchner ha reavivado un debate decisivo sobre la igualdad ante la ley, el cumplimiento de las normas y el rol de la Justicia en un contexto tan simbólico como inaudito en nuestro país como el que representa una doble condena por corrupción ratificada por la Corte Suprema de Justicia respecto de quien fue dos veces jefa del Estado. En este debate, el principio que rija no debe ser otro que el respeto irrestricto a la ley. Ni concesiones arbitrarias ni rigores excepcionales: simplemente, que se aplique el mismo trato que a cualquier otro ciudadano en iguales circunstancias.

    Lejos de asumir la reclusión con la reserva propia de quien empieza a cumplir una pena por delitos contra el Estado, Cristina Kirchner eligió dirigirse a sus seguidores como víctima de un “proceso de proscripción”, desacreditando nuevamente a la Justicia

    Ayer, ese régimen de prisión domiciliaria fue convertido por la propia condenada en una inexplicable plataforma de proselitismo. En su segundo día efectivo de arresto en su departamento porteño, participó burlonamente –aunque desde la reclusión que le impone la ley– como única oradora del acto convocado por sus seguidores en la Plaza de Mayo. Lo hizo mediante un mensaje grabado en el que empleó, una vez más, un discurso confrontativo, demostrando que la prisión domiciliaria, a su juicio, nada le impide para seguir participando en política. Fue una intervención premeditada, orientada a reforzar la narrativa partidaria del “vamos a volver”, sin el menor atisbo de aceptación de los gravísimos hechos por los que fue juzgada y condenada en un juicio en el que coincidió más de una docena de jueces. Lo visto ayer es nada más ni nada menos que la utilización de la prisión domiciliaria como herramienta de propaganda política.

    Es un hecho de una gravedad inusitada. Lejos de asumir la reclusión con la reserva propia de quien comienza a cumplir una pena por delitos contra el Estado, eligió dirigirse a sus seguidores como víctima de un “proceso de proscripción”, desacreditando nuevamente a la Justicia. “Estoy firme y tranquila y con la prohibición de salir al balcón. Un cachivache todo”, dijo antes de pronosticar públicamente que el gobierno de Javier Milei “tiene vencimiento”.

    El plano real en que las condiciones de detención domiciliaria se ejecutan ha convertido el cumplimiento de la pena en un espectáculo político que desnaturaliza el sentido de la dispensa y vulnera derechos ajenos

    La normativa vigente es clara: toda persona condenada, que supere los 70 años o padezca enfermedades graves, puede solicitar el cumplimiento de su pena en su domicilio. Cristina Kirchner tiene 72 años. En consecuencia, su prisión domiciliaria se encuadra en un derecho legal. Sin embargo, la expresidenta demuestra con sus actos que pretende extender los límites de esa legalidad a su gusto y beneficio, convirtiéndola en una inexcusable plataforma de excepción, en una fuente de privilegios contrarios al sentido mismo de la pena.

    La resolución del Tribunal Oral Federal Nº 2 fijó condiciones precisas para el cumplimiento de la condena en su domicilio del barrio porteño de Constitución: uso de tobillera electrónica, restricción de visitas, supervisión periódica y la obligación de mantener la paz y la convivencia en el vecindario. El dispositivo judicial se muestra, en este aspecto, alineado con lo que prescribe la ley. Sin embargo, el plano real en que estas disposiciones se ejecutan ha convertido el cumplimiento de la pena en un espectáculo político que desnaturaliza su sentido y vulnera derechos ajenos.

    Ayer, sus abogados reclamaron a la Justicia que se expidiera claramente sobre si Cristina Kirchner puede seguir saliendo al balcón de su vivienda. “Parece joda”, opinó la exmandataria en un posteo en X acompañado por la presentación que hicieron sus defensores al respecto. Más allá del lenguaje barriobajero de la peticionante, queda claro que no solo está dispuesta a seguir desafiando los límites, sino que nada le importan los vecinos de su barrio, cuyas vidas se han tornado en un calvario desde que decidió convertir su departamento en una unidad básica.

    Pareciera que los condenados son sus vecinos y no ella

    En el edificio donde habita y en los alrededores se vive en constante alteración. Pareciera que los condenados son los vecinos y no ella, pues no pueden descansar ni trabajar quienes lo hacen en sus casas, son víctimas de ruidos constantes, de suciedad en las calles como producto de una multitud que grita de día y de noche, que se alimenta en cocinas improvisadas y hasta hace sus necesidades en el espacio público. El vecindario vive inseguro, con miedo. La convivencia pacífica que exige la ley ha sido reemplazada por una tensión persistente que daña la vida cotidiana de personas inocentes.

    La defensa de Cristina Kirchner alegó “razones de seguridad” para fijar ese domicilio. Esa fundamentación no parece razonable a la luz de los hechos y, también, a que se expone livianamente en cada salida al balcón. El precedente inmediato del atentado contra su vida –cuya veracidad se investiga–, lejos de justificar su permanencia en un barrio densamente poblado, debió haber impulsado una valoración más precavida, tanto por el resguardo de su propia integridad como por el respeto a quienes la rodean.

    Frente a este cuadro, la Justicia enfrenta un reto decisivo: hacer cumplir como corresponde cada una de las condiciones impuestas. No se trata de perseguir ni mucho menos de proscribir. Se trata de garantizar que la pena se cumpla como dispone la ley, sin atajos ni privilegios. Las resoluciones por sí solas no alcanzan: hay que hacerlas valer. La ley no debe ser vapuleada. Todos somos iguales ante ella. Ceder ante la presión callejera o ante la que pueda ejercer un determinado personaje es deshonrarla.

    El país entero asiste, por primera vez en su historia, a la ejecución de una pena firme contra una expresidenta por hechos de corrupción. Es un acontecimiento institucional de enorme trascendencia. Que esa condena no pierda contenido en la práctica es ahora responsabilidad del Poder Judicial, que debe recordar que la ejemplaridad no se declama, se ejerce.

    La prisión domiciliaria no es un permiso para hacer lo que se le ocurra al condenado ni un subterfugio para suavizar el castigo. Es una modalidad alternativa del encierro, sujeta a condiciones y limitaciones estrictas. Si esas condiciones se relajan o se permiten usos indebidos del espacio privado o público, el sentido de la pena se disipa.

    Como se sabe, no hay democracia sólida sin justicia equitativa y no hay justicia equitativa si existen privilegios. El bien común es principio de la democracia, de la ciudadanía y de los derechos humanos. Resulta nefasto que quien ha sido condenada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado siga pretendiendo erigirse en víctima y actuando por encima de las normas. La verdadera fortaleza de las instituciones se mide cuando el poder se somete a la legalidad. Esta es una oportunidad para demostrar y hacer valer que, en nuestro país, nadie está por encima de la ley.

    Fuente: La Nación

  • La difícil reconstrucción de las reservas internacionales

    La difícil reconstrucción de las reservas internacionales

    La fuerte caída de la inflación lograda simultáneamente con la salida del cepo cambiario representa hoy el cumplimiento del más urgente objetivo del Pacto de Mayo y del programa económico del Gobierno. La construcción de este logro se cimentó en un ajuste fiscal sin contemplaciones que permitió controlar plenamente la emisión de dinero para cubrir el déficit fiscal. El control de la inflación hoy es acompañado por señales claras de un incremento de la actividad económica que, aunque desparejo, tiende a extenderse. Los sectores más favorecidos son los de bienes durables impulsados por el crédito, aunque se espera que la situación se extienda y consolide. Ya hay noticias positivas en el fuerte aumento del crédito para vivienda y en el número de escrituras, lo que necesariamente se deberá continuar con la reactivación de la construcción privada.

    Sin embargo, bien se dice que la política económica es como la frazada corta. Se logra tapar un extremo, pero se destapa otro. El recorte del gasto ha sido muy efectivo, pero comprendió algunas áreas que necesariamente deberán recuperar lo que no se hizo o lo que se redujo. La inversión en infraestructura es una de ellas. También, la recuperación real de salarios públicos y jubilaciones. Estimaciones privadas calculan que de los 5,1 puntos del PBI en que se recortó el gasto público primario, 1,7 deben ser restituidos.

    Si bien, teóricamente, con flotación cambiaria no habría necesidad de contar con reservas, no es eso lo que determina la confianza de los mercados internacionales

    Otra consecuencia no deseada es que el peso se ha revaluado más de lo deseable o, dicho de otra forma, que hay retraso cambiario. Esto ya impacta en una reducción del saldo de la balanza comercial y la de servicios, particularmente el turismo. El Gobierno alega, con razón, que habiendo flotación cambiaria ya no es la intervención del Gobierno lo que determina el precio de la divisa. Pero no alcanza este argumento para evitar una caída de la confianza, que está repercutiendo en la valoración de los títulos soberanos y en el riesgo país. El Banco Central no tiene la posibilidad, porque así se lo ha autoimpuesto el Gobierno, de adquirir dólares en el mercado cambiario para incrementar las reservas, salvo que se toque el límite inferior de la banda, en torno de los 1000 pesos por dólar. Si bien, teóricamente, con flotación no habría necesidad de contar con reservas, no es eso lo que determina la confianza de los mercados internacionales. Así lo entiende el FMI, que en el acuerdo con nuestro país fijó una meta de reservas netas de 4500 millones de dólares por alcanzar a mediados de junio. Era un difícil desafío frente a la firme decisión oficial de no devaluar ni volver al cepo, ni tampoco ensuciar la flotación comprando entre bandas. La creación de reservas tenía la alternativa de hacerse con emisión de pesos, o con deuda, o que el Tesoro lo hiciera con sus recursos genuinos. La opción elegida fue la emisión de deuda para captar reservas. El no uso de recursos tributarios preserva la imagen del resultado fiscal, aunque no hubiera habido efecto inflacionario si la compra se hubiese realizado con una reducción equivalente de otros gastos.

    Se ha recurrido a títulos emitidos en pesos, pero licitados en dólares. De esa forma no se presionó sobre el mercado de cambios. Mediante el Bonte 2030 se obtuvieron alrededor de 500 millones de dólares, reconociendo una tasa de interés de 28,46% en pesos. A más corto plazo se emitieron letras y bonos capitalizables (Lecap y Boncap) a tasas que alcanzaron el 32%. La meta que se propuso el Gobierno en estas primeras emisiones fue de 2000 millones de dólares. No se excluyó la ampliación de préstamos Repo con bancos internacionales, que permitió obtener otros 2000 millones de dólares. Además, se eliminaron restricciones de plazo mínimo para no residentes que operen a través del mercado cambiario.

    A pesar de estos esfuerzos, no resultó posible cumplir en la fecha establecida. Se logró una prórroga y se definirán nuevas fechas en la misión de revisión de fines de julio próximo. La recuperación de un nivel razonable de reservas pasa a ser hoy un objetivo prioritario, al comprobarse que en el mundo real es casi una condición para reducir el riesgo percibido por los inversores. Y la inversión es la base para crecer y crear empleo.

    Fuente: La Nación

  • Adoctrinamiento versus espíritu crítico

    Adoctrinamiento versus espíritu crítico

    El adoctrinamiento, propio de las dictaduras y de los gobiernos autocráticos, integra el perverso mecanismo para mantener en estado acrítico y represivo a las poblaciones sojuzgadas.

    Hacerlo con eficacia absoluta presupone infiltrarse en los claustros educativos e impregnar una visión unilateral, desde los primeros grados, en distintas materias, asegurándose así poder tomar un control temprano de la cabeza de los más chicos para formatearla a su gusto.

    En las antípodas de tan malsana manipulación, dos mentes preclaras del liberalismo argentino, como Domingo Faustino Sarmiento y Julio Argentino Roca, impusieron en la segunda mitad del siglo XIX, como valiosa política del naciente Estado argentino, la obligatoriedad de la educación pública y gratuita.

    Las olas inmigratorias y la población nativa se vieron beneficiadas por un sistema que buscaba instruir al alumnado con excelencia en distintas disciplinas: aprender a leer, sumar y restar, pero también conocer los episodios más importantes de nuestra historia sin sesgos facciosos.

    Esta idea, que rindió sus frutos en pocas décadas cuando la República Argentina comenzó a tener una creciente clase media cada vez más robusta e ilustrada, comenzó a perderse cuando el segundo gobierno de Juan Domingo Perón introdujo en los colegios textos de lectura en los que se exaltaba su figura, al gobierno que presidía y a su segunda esposa, Eva Duarte, a poco de fallecer, y cuyo libro, La razón de mi vida, se volvió texto de lectura obligatoria en las aulas.

    “Sara y su esposo son peronistas. Votaron a Perón”, se dice en la página 20 del libro de lectura Privilegiados, de Ángela Gutiérrez Bueno, del que supuestamente debían aprender los más chiquitos en la década del 50. Ese texto es acompañado por un dibujo de quien fuera tres veces presidente de la República y de unas manos que lo aplauden. El apellido Perón aparece también en letra cursiva todo junto, separado en sílabas y deletreado.

    El Gobierno buscaría resignificar la connotación de Zamba en la disputa de la "batalla cultural"
    El Gobierno buscaría resignificar la connotación de Zamba en la disputa de la «batalla cultural»Paka Paka

    “El general Perón, presidente de los argentinos, necesita que todos lo ayudemos a cumplir el plan quinquenal”, se lee en la página 98 de Ronda infantil, de María Alicia Domínguez. No son libros para militantes ni tan siquiera para estudiantes avanzados de ciencias políticas, sino para los más pequeños. Tal era el afán por adoctrinar que ya tenía el justicialismo en aquella época.

    Sesenta años después, esa obsesión resurgió en otro gobierno del mismo signo. No fue de manera tan sistemática en las escuelas, aunque hubo algunos cuadernillos en colegios bonaerenses con acotaciones ideológicas improcedentes y hasta con lenguaje inclusivo. Pero el intento vino a través de la señal pública infantil Paka Paka, adaptándose a los tiempos de lenguajes audiovisuales.

    La estrella de la programación del canal era el dibujo animado Zamba, un niño de Clorinda que viajaba en el tiempo. En algunas de sus excursiones al pasado se cruzaba con Sarmiento, a quien presentaba de modo burlón y prejuicioso, y en otras emisiones se enaltecía a Juan y Eva Perón o a las Madres de Plaza de Mayo.

    El adoctrinamiento temprano deja secuelas de por vida en los niños al desalentar su espíritu crítico y violentar su propia identidad. No promover una instrucción sana que los haga crecer en la diversidad de ideas pluralistas atenta contra su libertad y dignidad.

    Haría muy mal el gobierno de Javier Milei en embarcarse en una aventura similar. Pretender imponer su propia ideología –un confuso anarcocapitalismo libertario que, más allá de su loable batalla contra la inflación, incurre en extremos poco edificantes que lo alejan del liberalismo de Roca y de Sarmiento– en las cabezas de los niños activa las alarmas.

    Al parecer, eso es lo que se propone con los anuncios de una nueva grilla en Paka Paka a partir de julio, que incluiría un dibujo animado de origen norteamericano que busca moldear la mente de los infantes con ideas que atacan a los populismos de izquierda, pero a caballo de imponer concepciones de la derecha más extrema, elitista y poco democrática.

    Habiendo materiales didácticos tan maravillosos y formativos disponibles para los niños, sería un despropósito incorporar programas que, lejos de enseñar a pensar y a construir miradas críticas, abran nuevas controversias en la sociedad.

    Fuente: La Nación