Categoría: Entrevistas

  • Los enemigos de Dios

    Los enemigos de Dios

    Cuando el domingo útimo Mohamad Movahedi Aza, fiscal general de la República Islámica de Irán, declaró que quienes protestan contra el régimen son “enemigos de Dios”, algo antiguo y siniestro volvió a alzarse en el mundo. No era una idea. Era un eco: el eco de todas las tiranías que alguna vez creyeron poder hablar en nombre del cielo. Porque cuando un hombre dice “Dios está conmigo”, ya no pide obediencia: exige sometimiento. Ya no discute: excomulga. Ya no gobierna: condena. En esa frase -“enemigos de Dios”- está contenido todo el mecanismo del terror teocrático. No se mata a personas: se elimina a blasfemos. No se reprime a ciudadanos: se castiga a impíos. La violencia deja de ser un crimen y se convierte en un deber sagrado.

    Pero Dios no necesita verdugos. Dios no firma decretos. No dicta estados de excepción. No envía policías a golpear muchachas que caminan con el cabello suelto ni jóvenes que gritan libertad en las plazas. Todo eso lo hacen hombres. Hombres frágiles, asustados, que han perdido el consentimiento de los vivos y buscan refugio en el miedo a lo invisible.

    Las grandes religiones nacieron para consolar a los hombres frente al misterio. Las teocracias nacen para dominarlos frente al terror.

    El régimen iraní no invoca a Dios porque sea fuerte. Lo invoca porque está débil. Porque cuando un poder ya no puede convencer, necesita santificarse. Cuando ya no puede ser respetado, exige ser temido. Cuando ya no puede ser amado, se proclama eterno. Y lo eterno no se discute.

    Pero el pueblo iraní discute. Protesta. Resiste. Vive. Y por eso se convierte, para sus gobernantes, en una amenaza metafísica. La mujer que se quita el velo no solo desafía una norma: afirma su cuerpo. El estudiante que grita no solo critica un gobierno: afirma su voz. El manifestante que marcha no solo pide reformas: afirma su existencia. Y todo régimen que se proclama divino teme, por encima de todo, a la existencia humana.

    Porque la existencia es imperfecta, cambiante, contradictoria. Y Dios, en la boca de los tiranos, debe ser inmóvil, absoluto, incuestionable. Por eso Movahedi Aza habla de “enemigos de Dios”. No para defender una fe, sino para congelar la historia. Para impedir que Irán -esa tierra milenaria de poesía, ciencia y pensamiento- siga avanzando hacia lo único que verdaderamente ennoblece a una nación: la libertad.

    Ninguna cárcel es más fuerte que una conciencia despierta. Ninguna teología es más poderosa que una mujer que se niega a obedecer. Ningún ministro es más grande que una multitud que pierde el miedo. Los regímenes que se envuelven en lo sagrado siempre olvidan una cosa: Dios puede ser eterno, pero ellos no. Cayeron los reyes ungidos; cayeron los emperadores divinos; cayeron los profetas armados.

    Caerán también los burócratas del cielo. Y cuando ese día llegue, cuando Irán vuelva a pertenecer a sus ciudadanos y no a sus censores, Dios no habrá perdido nada. Solo habrá recuperado lo único que nunca quiso perder: la libertad de los hombres.

    Fuente: La Nación

  • Crisis extraordinarias exigen reformas extraordinarias

    Crisis extraordinarias exigen reformas extraordinarias

    Tanto el hecho de que entre el 40 y el 50 por ciento de la población activa se desempeñe en el mercado informal como la crisis de un sistema previsional en el que unas 2,5 millones de personas han accedido a beneficios jubilatorios sin efectuar los correspondientes aportes y donde la relación entre trabajadores activos y jubilados es insuficiente para su sustentabilidad obligan a reformas extraordinarias.

    La ley de modernización laboral que impulsa el gobierno nacional y que debería tratar en febrero el Senado, podría ser un paso decisivo para avanzar en la solución de los problemas que hoy ofrece el mercado de trabajo en la Argentina. Se trata, a juicio de especialistas, de una iniciativa que va mucho más allá de otros intentos de reforma que quedaron en el camino, como los que tuvieron lugar durante las presidencias de Raúl Alfonsín o de Fernando de la Rúa, por citar dos ejemplos. En efecto, ni la proyectada ley Mucci, impulsada en 1983 y sepultada por la resistencia del sindicalismo peronista y su influencia en el Senado, ni la reforma que nació herida de muerte por el escándalo derivado de denuncias de coimas en la Cámara alta en el año 2000, fueron tan profundas como la que ha planteado ahora el gobierno de Javier Milei.

    Para avanzar en el debate en el Congreso, el ministro del Interior, Diego Santilli, inició una recorrida por diversas provincias para tratar de garantizarse el apoyo de legisladores de esos distritos, más allá de la pertenencia partidaria. Entre otros reclamos de los mandatarios prevalece el de la reducción de la recaudación de Ganancias y sus efectos sobre la recaudación coparticipable. En ese punto, el Gobierno analiza formas de compensación para allanar el camino hacia le sanción de la ley.

    El proyecto oficial parte de un triste pero acertado diagnóstico: en los últimos 15 años no se ha generado empleo formal en el sector privado. No solo nuestro país exhibe una desproporcionada cantidad de trabajadores en la informalidad, sino también un elevadísimo porcentaje de personas en el sector estatal -nacional, provincial y municipal-, muchas de las cuales son auténticos desempleados disfrazados de empleados públicos. Y la realidad es que la proporción de trabajadores en relación de dependencia en empresas privadas viene descendiendo desde hace muchos años en forma permanente.

    Entre las novedades que propicia la proyectada legislación, se contemplan cambios en el régimen de indemnización por despido para quienes se incorporen a nuevos puestos de trabajo. En el cálculo de la indemnización, no tendrán incidencia conceptos como el aguinaldo, las vacaciones o los premios que no se abonen en forma mensual; la remuneración será considerada “habitual” si fue devengada durante al menos seis meses en el último año calendario, y se establecerá un tope indemnizatorio, según el cual la base salarial no podrá exceder tres veces el salario mensual promedio del convenio colectivo aplicable.

    Asimismo, se propone la creación de los fondos de asistencia laboral (FAL), tendientes a cubrir indemnizaciones por despido en el sector privado. Estos se conformarían con una contribución mensual obligatoria del 3% de las remuneraciones base por parte de los empleadores, quienes accederán a una reducción de tres puntos porcentuales en la contribución patronal con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

    Se trata de una propuesta que busca brindar adecuada respuesta al temor de muchos empleadores, especialmente de pequeñas y medianas empresas, a contratar trabajadores, por el riesgo a tener que hacer frente a los irrazonables y estrafalarios costos que implican los despidos en la actualidad. Se complementa con la derogación de las multas especiales por trabajo no registrado o registración anómala, creadas por la ley nacional de empleo de 1991, que no cumplieron su propósito, por cuanto solo contribuyeron a potenciar los montos de las demandas judiciales, mientras que no permitieron bajar el trabajo en negro, que se multiplicó desde aquella fecha.

    Paralelamente, la norma proyectada permite, entre otras cosas, el pago del salario en moneda nacional o extranjera y la utilización de billeteras digitales habilitadas por el Banco Central para el depósito de los sueldos de los trabajadores. Avanza en la posibilidad de que se convengan tanto el fraccionamiento de vacaciones, siempre que cada tramo no resulte inferior a siete días, de manera de organizar mejor el trabajo, como los acuerdos voluntarios en favor de un régimen de compensación de horas extras de trabajo, mediante bancos de horas o francos compensatorios. Del mismo modo, los convenios podrán establecer métodos de cálculo de la jornada laboral máxima, siempre que se respeten los descansos mínimos de 12 horas entre las jornadas.

    El proyecto impulsa una necesaria descentralización de la negociación colectiva e introduce el debate sobre la posibilidad de poner fin a la ultraactividad de los convenios. En ese sentido, resulta indispensable una mirada moderna sobre las relaciones laborales. Seguir reivindicando hoy acuerdos colectivos que datan de 1975 de nada sirve cuando las condiciones vigentes entonces poco tienen que ver con los sistemas de organización del mundo actual.

    Frente a argumentos anquilosados que esgrimen derechos adquiridos o la intangibilidad de las conquistas laborales, es necesario oponer la importancia de generar más empresas y nuevos empleos, junto a la necesidad de adecuar las normas laborales con el objetivo de poder competir en un mundo cada vez más globalizado.

    La dirigencia sindical deberá entender, más temprano que tarde, que la protección del empleo y del derecho a trabajar no se garantizará perpetuando normas inflexibles, sino brindando al trabajador herramientas para su capacitación permanente y su reconversión en tiempos de continuas transformaciones productivas, tecnológicas y culturales en el mundo laboral.

    Como bien señalan numerosos especialistas, para que haya nuevos emprendimientos del tamaño que fueren, debe haber personal capacitado, una ley laboral que respete sus derechos laborales y reglas de juego claras para que quienes procuran dar trabajo en nuestro país no se sientan encorsetados o amenazados por una vil industria del juicio que no ha parado de retroalimentarse y muchas veces apañada por numerosos jueces que se muestran decididos a fomentarla.

    Y, finalmente, la sociedad argentina toda tendrá que comprender que sin empresas no hay empleo y sin seguridad jurídica no hay inversión productiva posible.

    Fuente: La Nación

  • Cuatriciclos: vacío legal

    Cuatriciclos: vacío legal

    Casi no hay temporada veraniega sin accidentes de cuatriciclos. La llamada Frontera de Pinamar es un escenario privilegiado al atardecer, pero no precisamente para disfrutar de la tranquilidad o la paz que el mar puede regalar. El terreno exige vehículos 4×4 para acceder y las entradas y salidas son punto de riesgo y conflicto.

    En Pinamar Norte, muchos conductores manejan sin casco y sin que el cuatriciclo tenga las debidas señales
    En Pinamar Norte, muchos conductores manejan sin casco y sin que el cuatriciclo tenga las debidas señalesMarcelo Aguilar López – La Nación

    No existen en estos casos regímenes sancionatorios propios cuando solo rige la ley de tránsito provincial con multas que van desde 180.000 hasta 1.800.000 pesos según las faltas. Resulta llamativo el vacío legal en la materia. Si las normas para circular exigen casco, licencia habilitante, comprobante de titularidad y seguro vigente para conducir vehículos pensados para adultos, además de una antena de dos metros con banderín que facilite la identificación y visualización del cuatriciclo en zona de dunas, han quedado mayormente sepultadas bajo la arena en esta zona.

    Controles policiales en la Frontera Norte de Pinamar
    Controles policiales en la Frontera Norte de PinamarMarcelo Aguilar López – La Nación

    Cuatro por cuatro, motos, cuatriciclos que tal vez funcionaron como apoyo familiar durante el día con sus puertas abiertas, heladeritas y tablas, lucen dispuestas ya a rugir en el revoltijo del sector conocido como La Hoya. Sombrillas, gazebos y reposeras familiares dan marco a lo que se convierte en una pista de experimentación en la cual las reglas no respetan edades ni velocidades. Las picadas alimentan el riesgo. A la vera del mar, en la pendiente del médano, las piruetas son las protagonistas, para diversión de muchos que observan, gritan, filman y se entusiasman.

    Menores de edad manejan un cuatriciclo en El Arenal, en Costa del Este
    Menores de edad manejan un cuatriciclo en El Arenal, en Costa del EsteMarcelo Manera

    No hay límites ni controles. Rige la ley de la calle para protagonistas y observadores. La adrenalina del peligro en primera persona, de las cabriolas y contorsiones necesarias para no soltar el manubrio, sin cascos ni protecciones, conduciendo en el mejor de los casos con ojotas, con pasajeros detrás y delante, sobre la parrilla, apilados hasta cinco, dispuestos a todo. Podrán caer, pero los vehículos, que pesan entre 170 y 220 kilos, proseguirán su marcha acelerada poniendo en serio riesgo a propios y ajenos. Cuanto más cerca de volcar, más emoción, jugar al límite, ruedas en el aire, las famosas wheelies, derrapes, vehículos escorados es la consigna. Alta cilindrada en manos muchas veces de menores.

    El trazado urbano de Pinamar o Cariló también ruge de motores en avenidas, calles de asfalto o arena y accesos a playas. Las 4×4 cargadas con cuatriciclos y UTV son parte del paisaje de la temporada. Sumemos las consecuencias que estos vehículos imponen al ecosistema, ahuyentando aves, daños imperceptibles que no pueden tampoco soslayarse.

    Desde la Dirección Nacional de Investigación Criminal (DDI) y Seguridad Vial trabajan con un dron para detectar maniobras peligrosas en los médanos, procediéndose al control de alcoholemia y a la eventual detención del vehículo a la salida. El 2 de enero hubo controles en La Frontera, que sumaron la intervención de Inteligencia Criminal, Infantería y Caballería y que condujeron a aprehensiones, incautación de rodados, labrado de infracciones y notificaciones.

    No parece suficiente que se libre a ocasionales controles la tranquilidad y la seguridad en zonas tan claramente identificadas. Se ha visto que tampoco se puede apelar a la responsabilidad de los adultos mayores a la hora de permitir que los chicos recurran a estos vehículos. De forma urgente se necesitan campañas de concientización. Reforzar controles y penalidades será la única forma de desalentar estas nefastas prácticas que tantas veces terminan en tragedias. La impunidad, irresponsabilidad, imprudencia y temeridad de algunos no pueden seguir pagándose con la vida.

  • La absurda condena contra un diario

    La absurda condena contra un diario

    El Tribunal Oral de Bahía Blanca ha logrado una hazaña, si se pudiera calificar así, difícil de superar.

    Después de que el presidente Néstor Kirchner y Cristina, su mujer, hoy condenada por delitos de corrupción, dieran un impulso nefastamente politizado a los juicios por violaciones de derechos humanos durante la represión de las bandas subversivas en los setenta, franjas no poco significativas del Poder Judicial se sumaron con bombos y platillos a la nueva política de Estado.

    Nadie se interesó en absoluto en ese ámbito si quienes desataban aquella campaña habían hecho su carrera pública en el Partido Justicialista, que había celebrado la ley de autoamnistía dictada en sus propios beneficios por los militares a un mes de las elecciones de 1983, y también en el de los perseguidos hasta ahí con métodos fundados por igual en el terror. El Partido Justicialista se había negado, incluso, a integrar la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (Conadep), propulsada por el presidente Alfonsín.

    Desde 2003, los Kirchner -de tan buenas relaciones antes en Santa Cruz con los militares- pretendieron apoderarse, y lo consiguieron, de la lucha por los derechos humanos que había sido llevada adelante con la mayor seriedad por la Cámara Federal en lo Criminal de la Capital en su desenvolvimiento entre 1984 y 1985. Este cuerpo sentó un precedente histórico tanto aquí como en el mundo, al condenar a la mayoría de los miembros de las tres juntas militares que habían llevado el peso del combate antisubversivo.

    Esos jueces hicieron lo que no habían hecho en situaciones equivalentes otros tribunales en país alguno sometido a experiencias extremas como que la que había vivido la Argentina entre 1976 y 1983. Los jueces que intervinieron en el capítulo abierto en 2003 se desempeñaron en innumerables casos de otro modo que aquellos.

    Lo hicieron siempre atentos a las orientaciones que provenían del Poder Ejecutivo y al eco que su desempeño obtenía en la calle. Ni la mayoría de la Corte Suprema de Justicia de la Nación fue ajena por momentos a la desaprensión por el principio de legalidad y por otras premisas -prevalencia de la ley benigna más favorable al reo, irretroactividad de las leyes penales y demás-, en que se fundamenta el Derecho Penal en un Estado de Derecho.

    Ha habido estos años encausados que pagaron con la cárcel diez o más años sin sentencia, entre ellos algunos de los más de 800 militares y personal de seguridad que murieron en esa situación en establecimientos carcelarios. La última novedad en esta serie interminable de absurdos judiciales ha llegado ahora desde el Tribunal Oral de Bahía Blanca.

    El tribunal integrado por Juan Ernesto Sebastián, Sebastián Foglia y Marcos Aguerrido ha ordenado, en una causa con múltiples condenas a militares y policías, que el diario local La Nueva debe rectificar la información que difundió hace medio siglo La Nueva Provincia sobre la suerte de 36 víctimas de la represión. Más que un asunto para la reflexión periodística parece a esta altura un tema para evaluación de los historiadores.

    La Nueva es el nombre que había adoptado hace bastantes años para su tradicional diario de Bahía Blanca -fundado por Enrique Julio, en 1898- la empresa editora por más de cien años de La Nueva Provincia. Lo notable es que La Nueva fue vendida por los descendientes de Enrique Julio y es editada desde 2017 por Gustavo Elías, empresario del transporte, ajeno, desde el punto de vista periodístico, al mundo de las noticias en aquellos años de otra clase de plomo.

    De todas formas, la verdadera cuestión de fondo es si un medio puede ser obligado a rectificarse del contenido de los partes oficiales de un tiempo en que prevalecía todo tipo de censuras, incluidas las que conllevaban, por añadidura, la pérdida de la vida de quienes las violentaban. De hecho, ocurrieron represalias de esa naturaleza.

    Estuvo revestido de aristas trágicas y cómicas el recurso dialéctico que emplearon los abogados de la defensa en otro caso ventilado en Bahía Blanca a propósito de lo que La Nueva Provincia había reproducido sobre un hecho que involucraba a represores y reprimidos. Demostraron la coincidencia entre un título del diario bahiense y el que había publicado La Tarde, de Buenos Aires, confiado más tarde por Jacobo Timerman a la conducción de su hijo Héctor. Ambas publicaciones habían informado sobre un enfrentamiento con el resultado de “15 subversivos abatidos”. El tema se debatió judicialmente en las circunstancias nada cómodas en que Héctor Timerman, canciller entonces de Cristina Kirchner, pudo haber sido llamado a prestar por lo menos declaración testimonial.

    En su extraña decisión, el Tribunal Oral de Bahía Blanca dice que las rectificaciones ordenadas tienen el carácter de medidas “moralmente reparatorias”. En tiempos ordinarios, y no solo de excepción como los de los setenta, las fuentes oficiales de todo tipo -la Casa Rosada, los ministerios, las instituciones gubernamentales con algún tipo de autonomía- suministran información que no necesariamente se compadece con la verdad, según se verifica con el transcurso de los días o los años.

    ¿Se compadecería con el sano criterio, indispensable en el acto de juzgar, colocar a los medios de comunicación a realizar de modo compulsivo la rectificación de un comunicado oficial cuando lo reclame en juicio un fiscal o una de las partes intervinientes?

    El Derecho Penal tiene para quienes están alejados de sus entresijos aspectos incomprensibles. La sentencia a que nos referimos lleva la fecha de 26 de diciembre de 2025. Habrá que esperar hasta febrero para que se conozcan los fundamentos de lo resuelto. Es como decir: te condeno ahora y te hago saber porqué dentro de unos cuarenta días.

    Veremos, pues, qué argumentos desarrolla el tribunal para obligar a que se rectifique de algo el actual propietario de La Nueva, que no fue parte, ni testigo, ni nada en el juicio de marras, como tampoco lo fueron los anteriores propietarios de la empresa editora. Creemos contar, de todas formas, con principios de orden constitucional suficientes para anticipar la crítica enérgica a una decisión más apropiada a los tiempos de exaltación de la barbarie guerrillera que al curso más sereno, más prudente, más ecuánime que parecería ir consolidándose en el país sobre el juicio histórico de un tiempo signado por la confrontación encarnizada entre los dos demonios de que se hablaba, con más franqueza de la que predominó más tarde, en tiempos del presidente Alfonsín y del fallo ejemplar de la Cámara Federal que presidió León Arslanian.

    Sería un antecedente inadmisible para la libertad de prensa que prosperara, una vez que la sentencia del caso estuviera firme, el “hallazgo” con el cual el Tribunal Oral de Bahía Blanca ha logrado de un día a otro notoriedad en el periodismo nacional con una resolución tan inconsistente como disparatada.

    Fuente: La Nación

  • Disputa entre magistrados: que no se imponga la impunidad

    Disputa entre magistrados: que no se imponga la impunidad

    La Cámara Federal de San Martín deberá decidir quién es el juez competente para continuar con la investigación sobre presunto lavado de dinero en la adquisición de una fastuosa mansión de Pilar y de una colección de más de 50 automóviles de lujo, en la que hay fundadas sospechas de que podrían pertenecer al tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Pablo Toviggino, aunque se hallan a nombre de una sociedad integrada por dos personas que carecerían de una mínima capacidad económica para acceder a semejantes bienes.

    El caso judicial abrió una llamativa disputa entre el juez en lo penal económico Marcelo Aguinsky, hoy a cargo de la causa, y el juez federal de Zárate-Campana, Adrián González Charvay, quien reclamó el expediente y de quien se sospecha que podría ser garantía de impunidad para quienes están siendo investigados y para otros responsables cuyos nombres aún no han salido a la luz .

    Tras una denuncia presentada por dirigentes de la Coalición Cívica, el caso quedó en manos del juez federal Daniel Rafecas, pero la Cámara Federal dispuso que las actuaciones pasasen al fuero penal económico, por lo que quedaron a cargo de Aguinsky. Sin embargo, días atrás, cuando los supuestos dueños del inmueble en cuestión, Luciano Pantano y su madre jubilada, Ana Lucía Conte, debían prestar declaración, pidieron que el caso pasase al juzgado federal de Campana. Esgrimieron que la casa está en Pilar y que su compra solo puede ser investigada por la Justicia Federal de esa jurisdicción. Tal criterio fue compartido por el juez González Charvay, pero fue rechazado por el juez Aguinsky, para quien no solo se investiga la adquisición de una casa, sino también con qué fondos se compró y que eso excede la jurisdicción de Campana.

    Por la mansión, Pantano y Conte habrían pagado alrededor de 1.800.000 dólares, aunque el inmueble fue tasado en más de 17 millones de dólares. La hipótesis de que, en rigor, se trata de una propiedad de Toviggino escriturada a nombre de testaferros es avalada, entre otras cosas, por la aparición en su interior de un bolso de la AFA y una plaqueta del club Barracas Central con su nombre. Asimismo, las cédulas azules de los autos de lujo estaban a nombre de familiares de Toviggino.

    Otra de las medidas de prueba ordenadas por Aguinsky determinó que los Telepase de los autos eran abonados con una tarjeta de crédito corporativa de la AFA, a nombre de Pantano.

    La pelea por los expedientes suele estar emparentada con la corrupción judicial. No necesariamente ni siempre es por dinero, sino que puede obedecer a cuestiones ideológicas, a las que puede asociarse el proceso de colonización que en buena parte de la Justicia llevó a cabo el kirchnerismo.

    Los códigos de procedimientos, tanto nacionales como provinciales, dedican un capítulo a lo que se denomina cuestiones de competencia. Abordan allí la posible superposición de competencia entre dos jueces con idéntica capacidad procesal para entender en un mismo hecho, al tiempo que fijan las normas por seguir para asignar una causa judicial a uno o a otro magistrado. Esa posible yustaposición de competencia ocurre cuando el hecho por juzgar se produjo en el sitio y en el momento en que dos o más jueces con la misma competencia en razón de la materia y el lugar se encuentran de turno.

    La preocupación por el accionar judicial es tan antiguo como la humanidad: Séneca, allá por el año 67 d. C., se quejaba de la justicia tardía; Santo Tomás de Aquino sostenía que la justicia sin misericordia era pura crueldad; el jurista italiano Francesco Carrara señalaba que cuando la política traspone la puerta de los tribunales, la justicia se escapa por la ventana, y su par uruguayo Eduardo Couture afirmaba que cuando los jueces tienen miedo, los ciudadanos no podemos dormir tranquilos.

    Así como la politización de la Justicia conspira contra la división de poderes, la voracidad que evidencian ciertos magistrados por quedarse con determinados expedientes forma parte de lo mismo que han descripto los mencionados filósofos del derecho. Se trata de actitudes que, por lo general, tienden a tornar más lenta la administración de justicia y son pasibles de generar crueldad, además de temor en los ciudadanos.

    Es de esperar que triunfe la independencia y la imparcialidad de los jueces y que estos actúen movidos exclusivamente por la necesidad de cumplir con la ley y no impulsados por ruines propósitos.

    Fuente: La Nación

  • La calle es de todos

    La calle es de todos

    uestro país arrastra desde hace décadas una situación inaceptable: la apropiación del espacio público por grupos -claramente organizados la mayoría de las veces- que, amparados en el derecho de huelga y de petición ante las autoridades, han venido clausurando calles, avenidas y rutas, dificultando la vida de los habitantes y provocando graves consecuencias, algunas irreparables.

    El kirchnerismo, con el acompañamiento activo de sectores de izquierda, transformó los piquetes en una herramienta política recurrente de extorsión. No está de más recordar el modo en que llegaban muchas de esas nutridas movilizaciones: instigadas por punteros que presionaban a beneficiarios de planes sociales con cortárselos, los sobornaban con dádivas y hasta los equipaban para hacer la protesta más visible, audible y riesgosa.

    Miles de personas perdieron turnos médicos, llegaron tarde o no llegaron a sus trabajos, perdieron el presentismo, vieron frustrada su asistencia a escuelas y universidades o quedaron varadas por horas y horas. Todo ello ocurrió sin que se alzaran suficientes voces en defensa de tantos derechos vulnerados, como si se hubiese dado por descontado que había en el país ciudadanos de primera -los que cortaban- y de segunda: las víctimas de ese accionar.

    En ese contexto, el Ministerio de Seguridad dictó una resolución a fines de 2023, mediante la que se aprobó el “Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación”. Lejos de crear nuevas prohibiciones, la norma se limitó a ordenar la actuación estatal frente a delitos ya previstos en el Código Penal y a recordar la obligación básica de mantener liberadas las calles para el uso de todos los habitantes. Las vías de tránsito volvieron a estar libres y la protesta pudo seguir realizándose, pero bajo parámetros y regulaciones precisas de no interferencia en los derechos de los demás.


    Nuestro país necesita abandonar esta falsa dicotomía entre orden y derechos. Las calles no pertenecen a facciones políticas ni a aparatos militantes. Son de todos los habitantes del país y, como tales, deben ser respetados


    El protocolo dispuso, en términos generales, la intervención de fuerzas federales ante cortes de rutas y vías; la posibilidad de actuar frente a delitos flagrantes sin necesidad de una orden judicial previa, con comunicación inmediata a la Justicia; una definición amplia de qué constituye una obstrucción del tránsito, aun sin peligro concreto; la obligación de despejar totalmente las vías; el uso proporcional y mínimo de la fuerza; la identificación de responsables, organizadores y vehículos; la protección especial de menores, y la posibilidad de reclamar los costos y daños derivados de los operativos.

    Resulta llamativo que recién dos años después el ideologizado Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) haya promovido un amparo para cuestionar la resolución. Un planteo anterior había sido realizado a fines de 2023 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que instó al país a respetar la protesta pacífica, advirtiendo sobre posibles violaciones a la libertad de expresión y reunión.

    El reciente amparo, en tanto, fue aceptado por el juez federal en lo contencioso administrativo Martín Cormick, cercano a La Cámpora, designado en el cargo por el entonces presidente Alberto Fernández y funcionario del PAMI e inspector general de Justicia en la última etapa del gobierno de Cristina Kirchner. Cormick declaró la nulidad del protocolo al considerar que el Poder Ejecutivo habría excedido sus competencias, asumiendo facultades propias del Congreso y realizando -según su politizado criterio- una interpretación expansiva del artículo 194 del Código Penal, que castiga con prisión de tres meses a dos años a quien, “sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicaciones, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas”.

    Ese fallo, sin embargo, no quedó firme. El Ministerio de Seguridad, primero bajo la gestión de Patricia Bullrich y luego con la ministra Alejandra Monteoliva a cargo, impulsó la apelación correspondiente. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal concedió el recurso con efecto suspensivo, por lo que la sentencia de primera instancia quedó en pausa y el protocolo continúa vigente hasta que exista una decisión definitiva.

    Los detractores de ese imprescindible reglamento sostienen que su aplicación criminaliza la protesta social, pero omiten de forma deliberada que esta no habilita a impedir el libre ejercicio de otros derechos.

    Nuestro país necesita abandonar esta falsa dicotomía entre orden y derechos. Garantizar la libre circulación no es autoritarismo, es cumplir con la ley y con uno de los deberes básicos del Estado. Las calles no pertenecen a facciones políticas ni a aparatos militantes. Son de todos los habitantes del país y, como tales, deben ser respetados. Esperemos que la Cámara que tiene que resolver la apelación no sea garante de impunidad.

    Fuente: La Nación

  • La ley de inocencia fiscal

    La ley de inocencia fiscal

    La ley 27.799 de inocencia fiscal, una curiosa denominación asignada por el Poder Ejecutivo Nacional, fue publicada en el Boletín Oficial el 2 de enero de este año.

    La inocencia implica esencialmente que una persona no es culpable o no es responsable de un hecho, hasta que se demuestre lo contrario. Más allá de eso, el verdadero sentido de la flamante norma es permitir a ciertos contribuyentes sacar los dólares del colchón e invertirlos en la adquisición de un automóvil, de un inmueble o de cualquier otro tipo de bienes, como artículos del hogar, consumirlos, aportarlos a una sociedad o depositarlos en un banco, entre otros destinos.

    No se trata de un blanqueo, aunque tiene aspectos parecidos, desde que ante tales situaciones no se les preguntará a los contribuyentes el origen del dinero ni se les iniciarán fiscalizaciones.

    Se dice que hay un cambio de paradigma en la actitud del fisco frente a esas situaciones. En otras palabras, se trata de una medida que intenta favorecer el despegue de la economía, atenuando las implicancias fiscales.

    Para ello, la ley intenta crear un verdadero cerrojo a favor del contribuyente, en la medida que adhiera al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias, con el efecto liberatorio del pago y el bloqueo fiscal respecto de años anteriores.

    Los dólares que los contribuyentes pudieran insertar en el mercado pueden ser negros, por haber escapado a la imposición o también pueden tener origen en actividades lícitas, aunque no ajustados a la normativa cambiaria, en razón de la imposibilidad de adquisición de dólares que rigió en los últimos tiempos.

    Es importante destacar que la ley procura proteger al contribuyente desde el punto de vista tributario, pero no desde la prevención de lavado de activos, respecto del cual las normas siguen vigentes y tienen plena operatividad.

    Para todo ello, se requiere que los contribuyentes adhieran al régimen simplificado del impuesto a las ganancias, pues de no hacerlo, se aplicarán las demás disposiciones legales, sin ningún tipo de beneficios. Para hacer tal opción, los sujetos no deben ser grandes contribuyentes, lo cual se mide con los ingresos totales de hasta 1000 millones de pesos y con el patrimonio total en el país y en el extranjero, de hasta 10.000 millones de pesos, parámetros que deben medirse al 31 de diciembre del año inmediato anterior al del ejercicio de la opción y durante los dos años fiscales anteriores a aquel.

    A los efectos de tal opción, tampoco el sujeto puede revestir como gran contribuyente nacional, según la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

    La primera declaración jurada de régimen simplificado corresponderá al ejercicio 2025, cuyo vencimiento operará en el año 2026. Hasta ese momento el contribuyente podrá hacer dicha opción.

    La ley de inocencia fiscal modifica el régimen penal tributario, superando el problema existente respecto de la falta de actualización de los pisos de punibilidad. Hasta el presente un ajuste de 1000 dólares podría desembocar en una denuncia penal. A partir de ahora ese piso es de 100 millones de pesos, equivalentes a unos 67.000 dólares.

    El importante efecto de la actualización de estos importes, es que resultará de aplicación el principio de la ley penal más benigna, por lo que los procesos penales con importes inferiores cesarán.

    Por otra parte, se actualizarán a partir del año 2027 tales importes por el UVA, con lo cual tendrán una adecuación por inflación en forma automática con índices que serán informados por la ARCA.

    En estos casos, para evaluar la configuración de los delitos, se considerará el importe vigente al momento de su comisión, entendiéndose por tal la fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada.

    Por lo tanto, si estamos ante un proceso penal iniciado en 2026 por el delito de evasión simple, por un monto de, por ejemplo, 105 millones de pesos, y en el año 2027 dicho importe se actualiza a 130 millones de pesos, se seguirá computando el importe original.

    También, se modifica la ley de procedimiento impositivo, incrementando el monto de las multas por infracciones, también afectadas por el proceso inflacionario.

    Es de destacar aquí que la omisión de presentación de declaraciones juradas por parte de personas humanas, cuya multa era de 200 pesos, se actualizó a 220.000 pesos, siendo este el único importe, sin establecerse diferencias en atención a la capacidad económica de los distintos contribuyentes.

    La norma puede resultar violatoria de la Constitución Nacional, en función a los principios de razonabilidad y de proporcionalidad, habiendo prometido el Ministerio de Economía el dictado de normas de la ARCA para morigerar los efectos, en clara violación del principio de legalidad.

    Por otra parte, resulta positiva la norma que reduce la prescripción de cinco a tres años, pero sujeto a que el constituyente hubiera cumplido en término la presentación de la declaración jurada y regularizado el ingreso de saldo resultante, siempre que el organismo recaudador no la impugne por discrepancia significativa.

    En relación al Código Civil y Comercial, se modifican las normas de prescripción respecto de los impuestos locales, de forma que su término se regirá por la ley 11.683, siendo de cinco años. La modificación está en línea con la posición adoptada al respecto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    Estamos, sin duda, ante una medida que procura, como lo han señalado sus impulsores, que mucha gente pueda utilizar sus dólares del colchón y así remonetizar la economía. Sin embargo, sus beneficios no serían universales, sino básicamente para quienes adhieran al régimen simplificado de Ganancias. Del mismo modo, la norma deberá sortear algunas prevenciones que se han hecho llegar desde entidades financieras, según las cuales aún faltan reglamentaciones clave que definan formas, plazos y condiciones para su aplicación.

    Fuente: La Nación

  • La caída del dictador y el futuro de Venezuela

    La caída del dictador y el futuro de Venezuela

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    El inicio del fin de las penurias del pueblo venezolano puede estar representado por la captura y extradición de Nicolás Maduro, a través de una exitosa y compleja operación militar ejecutada por fuerzas norteamericanas en Caracas. La caída de una brutal dictadura abre esperanzas al pueblo y la democracia venezolana, mientras grandes manifestaciones tuvieron lugar en Buenos Aires y otras ciudades del mundo.

    El dictador y su mujer comparecen esta semana ante la Justicia de Nueva York por cargos de tráfico de drogas y armas. Se trata del mismo tribunal donde fueron juzgados el Chapo Guzmán y Manuel Noriega.

    Mientras la izquierda latinoamericana se rasga sus vestiduras, diciendo que se trata del secuestro de un presidente en ejercicio, la realidad es que Maduro era un presidente carente de legitimidad. Estamos frente al arresto de un dictador sanguinario, acusado de crímenes internacionales, y un usurpador del poder que ejerció el fraude electoral. Las reiteradas violaciones a los derechos humanos del régimen de Maduro configuran un amplio repertorio de crímenes contra la humanidad. Desde hace 26 años la revolución bolivariana detenta con fiereza el poder violando los más elementales derechos. El socialismo del siglo XXI logró hundir a su país en la pobreza, provocar un drama humanitario con ocho millones de emigrados y transformar a la democracia liberal venezolana en un narcoestado. La dictadura de Maduro enfrentó el descrédito internacional, la falta de apoyo popular y el desastre económico.

    Venezolanos que viven en la Argentina exhiben una bandera venezolana con la palabra “Libertad” mientras celebran en el Obelisco de Buenos Aires la captura de Maduro
    Venezolanos que viven en la Argentina exhiben una bandera venezolana con la palabra “Libertad” mientras celebran en el Obelisco de Buenos Aires la captura de MaduroTOMAS CUESTA – AFP

    Los partidos democráticos venezolanos participaron en 17 ruedas de diálogo con el gobierno dictatorial, pero el régimen jamás cumplió sus promesas y violó los acuerdos alcanzados en México en 2021 para una transición democrática pacífica en Venezuela y el Acuerdo de Barbados de 2023. Pese a los múltiples intentos de mediación y diálogo tendientes a recuperar la democracia venezolana que desarrollaran diversas instancias internacionales, siempre el resultado fue la mentira y el desgano demostrado por la dictadura. Maduro aplicó el terror para evitar levantamientos. El régimen se encargó de perseguir y asesinar a opositores, al tiempo que la represión interna en las fuerzas armadas fue continua, con la ayuda de la contrainteligencia cubana.


    Mientras Chávez y Maduro desmantelaban el Estado de Derecho, la izquierda regional sonreía y recibía sus regalos. La alianza estratégica entre el chavismo y los gobiernos kirchneristas, basada en un alineamiento ideológico y en negocios espurios, fue un claro ejemplo


    América Latina padece una involución democrática. Tres dictaduras (Cuba, Venezuela y Nicaragua) se consolidaron en la región ante la pasividad de sus Estados. El progresismo latinoamericano contribuyó a disfrazar la penosa realidad del pueblo venezolano. Mientras Chávez y Maduro desmantelaban el Estado de Derecho, la izquierda regional sonreía y recibía sus regalos. La alianza estratégica entre el chavismo y los gobiernos kirchneristas, basada en un alineamiento ideológico y en negocios espurios, fue un claro ejemplo.

    La dictadura venezolana estimuló una constante guerra híbrida contra las democracias legítimas, socavando instituciones, apoyando a organizaciones criminales y grupos radicalizados. En los tribunales federales de Nueva York, el general venezolano Hugo Carvajal, ex director de inteligencia militar, admitió haber integrado el Cartel de los Soles, traficar cocaína junto a las FARC colombianas y financiar con dinero del chavismo a políticos de la izquierda latinoamericana. En su testimonio proporcionó los nombres de Néstor Kirchner, Gustavo Petro, Lula da Silva, Fernando Lugo y Evo Morales, entre otros. Existe una amplia red transnacional de corrupción y fondos ilícitos entre dictaduras y gobiernos opacos.

    La orfandad internacional de Maduro es notoria. Cuba, Rusia e Irán fueron los primeros países en protestar por su detención. Brasil, Colombia y México criticaron su captura en territorio venezolano. La Unión Europea manifestó reparos por la legalidad. El tema jurídico abre diversas aristas. Pero la Casa Blanca estima que el marco legal está dado por el antecedente de la extradición de Manuel Noriega en Panamá, realizada por el gobierno de George Bush en 1989, bajo cargos federales de tráfico de drogas. Las presidencias de Trump y Biden -al igual que la Unión Europea- no reconocieron a Maduro como presidente legítimo. La justicia norteamericana demanda la detención de los jerarcas venezolanos desde 2020. La Carta Democrática Interamericana de la OEA dispone que el ejercicio de la democracia representativa es la base del Estado de Derecho, el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, la celebración de elecciones periódicas libres con sufragio universal y secreto. ¿Pero qué hacer cuando una banda criminal se adueña del poder y no permite elecciones libres? ¿Cómo se llegó a la intervención de Estados Unidos? Las democracias latinoamericanas deberían trabajar más sus aspectos esenciales y abordar con honestidad la defensa de las instituciones republicanas ante los déficits actuales. El probado secuestro de la democracia y el fraude electoral constante podría ser considerado un crimen de lesa humanidad.

    Delcy Rodríguez jura como presidenta interina de Venezuela tras la captura de Nicolás Maduro. Fuente: Youtube
    Delcy Rodríguez jura como presidenta interina de Venezuela tras la captura de Nicolás Maduro. Fuente: Youtube

    Al conocerse la detención del dictador, María Corina Machado dijo: “Estamos preparados para hacer valer nuestro movimiento y tomar el poder”. Edmundo González, presidente electo, solicitó la liberación de los presos políticos y el respeto a las elecciones de 2024. El otorgamiento reciente del Premio Nobel de la Paz a Corina Machado “por ayudar a mantener encendida la llama de la democracia frente a una oscuridad creciente”, fue un fuerte estímulo a quienes luchan por el retorno de las libertades en Venezuela. La oposición democrática abriga nuevas esperanzas y se muestra expectante.


    Venezuela ingresa en una fase de incertidumbres y fragilidad, donde es prioritario evitar el vacío de poder


    La segunda presidencia de Trump desarrolla un ejercicio crudo del poder unilateral. En el continente americano se orienta a reconstruir esferas de influencia. El gobierno de Washington declaró un estado de guerra contra el narcoterrorismo y las redes criminales transnacionales que operan entre Venezuela, Colombia y México. Los carteles transnacionales de la droga se han convertido en un actor geopolítico relevante, con influencias territoriales, políticas y económicas. Algunas decisiones responden a condicionamientos de la política interna norteamericana. En Estados Unidos, las muertes por consumo y sobredosis de cocaína y otros estupefacientes ascienden a cerca de 700.000 personas en los últimos 10 años. Los votantes de la comunidad venezolana junto a los cubano-norteamericanos integran un núcleo duro del partido Republicano. Ambos colectivos suman 3.500.000 votos. Es claro que Washington también desea despejar potenciales amenazas en su área directa de seguridad. Los drones iraníes en Venezuela tienen capacidad para alcanzar Puerto Rico, Guantánamo y la Florida. Se suman las actividades de Hezbollah, la creciente injerencia cubana en Venezuela y el incremento de la presencia rusa, china e iraní en torno del petróleo venezolano.

    Quienes esperaban una pronta asunción presidencial de Edmundo González y Corina Machado, experimentaron cierta desazón ante los anuncios de Trump. La Casa Blanca desearía evitar la repetición de los errores cometidos en Irak en 2003, al anunciar una transición monitoreada con realismo político. Venezuela ingresa en una fase de incertidumbres y fragilidad, donde es prioritario evitar el vacío de poder. Un avance por etapas permitiría evitar desbordes y un escenario de inestabilidad. Existen millares de armas en manos de milicias, tropas, y guerrillas narcotraficantes esparcidas por todo el país. En la óptica de Washington, para evitar desbordes, la situación requiere avanzar en forma gradual con la colaboración de algunos altos cargos del régimen para administrar el país. También habrá que restablecer el diálogo político. El potencial económico del país permitiría una pronta recuperación. El llamado electoral debería llegar una vez despejado el camino inicial. La oposición venezolana posee cuadros capacitados y planes de gestión. Queda por delante una ardua reconstrucción de las instituciones democráticas.

    Fuente: La Nación

  • La libertad educativa y un controvertido proyecto

    La libertad educativa y un controvertido proyecto

    Recientemente, el Gobierno presentó un proyecto de ley que propone derogar la ley de educación nacional, sancionada en 2006, y reemplazarla por una ley de libertad educativa, que desplaza la responsabilidad principal del Estado y la delega en el “derecho preferente los padres” además de redefinir los mecanismos de gestión, financiamiento, evaluación y control.

    El diagnóstico que subyace al proyecto se sustenta en que para solucionar la grave crisis educativa del país se necesita cambiar una ley y modificar de ese modo un principio fundamental de la educación mundial: el que la considera una cuestión prioritaria del Estado.

    De por sí, esta novedad abre dos interrogantes centrales: ¿es este el camino adecuado para enfrentar la urgencia educativa que atraviesa la Argentina? ¿Se necesita irnos al extremo de derogar la ley vigente y sancionar una nueva que cambia absolutamente los principios tradicionales para mejorar la calidad y equidad educativa en el país o se necesita cumplir los artículos de la ley vigente que se incumplen y, en su caso, ajustar los que se acuerden en una profunda discusión integral y no apresurada de todos los sectores de la comunidad educativa?

    Para responder estas cuestiones, debe remarcarse de entrada que los principios de “libertad educativa” y del “rol preferente de la familia”, que este proyecto viene a instaurar con detalle, no son los sostenidos por los países que van a la vanguardia de los resultados de aprendizaje a nivel mundial. Por el contrario, países como Finlandia, Singapur, Canadá, Japón, Alemania, Francia, España, Portugal, entre muchos otros e incluso la Argentina, si bien reconocen a la familia “como agente natural y primario” de la educación, no otorgan un derecho preferente a los padres, en este sentido, sino que el derecho a la educación es del niño y la responsabilidad de resguardarlo, del Estado. Al respecto, Fernando Savater, en su libro El valor de Educar, tiene dicho que “los hijos no son propiedad de los padres; tienen derecho a recibir una educación que les permita incorporarse a la sociedad cono ciudadanos libres e iguales” y allí radica la responsabilidad pública indelegable, ya que los niños no eligen nacer en una u otra familia y por ello la enseñanza y el aprendizaje se erigen como el mecanismo central para evitar desigualdades. Este punto es crucial para entender que por supuesto el rol familiar, la libertad de elección de escuela y el papel de los padres son fundamentales en la formación de los hijos, pero esto no significa un derecho preferente ni superior al del Estado, porque el derecho protegido es el del niño y no el privilegio del adulto.

    La iniciativa gubernamental aporta otras novedades al habilitar modalidades como la educación en el hogar que, aún con sistemas de acreditación, plantea interrogantes serios que no se abordan. Educar no es solo transmitir contenidos medibles, sino también garantizar socialización, criterio, convivencia y pertenencia a un mundo común. La experiencia reciente de la pandemia mostró con claridad que cuando la escuela se retira los más perjudicados son los sectores vulnerables, con altos niveles de abandono y pérdida de aprendizajes. Resulta difícil comprender cómo una educación con menos escuela podría contribuir a revertir ese estado de cosas.

    También genera preocupación el cambio de esquema de financiamiento orientado a la demanda, mediante vales, bonos o becas vinculadas a la elección familiar y a los resultados educativos. En un sistema atravesado por fuertes desigualdades socioeconómicas, este diseño corre el riesgo de consolidar circuitos educativos segmentados: escuelas con mejores resultados, que atraen a los estudiantes con mayores ventajas de origen, y otras que concentran a quienes más apoyo estatal necesitan.

    El proyecto hace hincapié también en la autonomía escolar, punto importante por considerar en el futuro de la educación nacional, pero omite una condición básica: no hay autonomía real sin directivos y docentes bien formados, motivados y bien remunerados, sin padres preparados para participar en cuestiones educativas complejas y con un Estado subsidiario. Hoy las escuelas públicas, especialmente en contextos críticos, luchan por sobrevivir. Retirar al Estado y colocarlo un paso atrás en nombre de la libertad educativa y la autonomía puede equivaler, en los hechos, al abandono y a mayor desigualdad. La realidad social del país nos muestra millones de familias que viven bajo la línea de pobreza, con padres y madres que no llegan a ser referentes de los estudiantes, con trayectorias educativas incompletas y escaso capital cultural para acompañar procesos difíciles de escolarización y gestión institucional. Debe tenerse claro que proponer mayor autonomía en este escenario y trasladar la responsabilidad educativa al ámbito familiar no cambia de por sí el resultado, sino que hasta puede profundizar desigualdades.

    Este tema surgió en el reciente Foro Anual de Educar 2050 “Urgencias educativas en Argentina” donde directivos de escuelas de contextos muy vulnerables señalaron este riesgo y especialistas de distinto origen remarcaron que frente a un escenario tan desafiante resulta difícil entender la necesidad de una ley nueva de esta magnitud, cuando lo urgente y previo parece ser un plan integral educativo con la definición de metas y de un compromiso de inversión correspondiente que, en el pasado, ni el gobierno nacional ni los provinciales han cumplimentado.

    En definitiva, el proyecto tiene la virtud de colocar el tema educativo en la agenda pública y tal logro debería aprovecharse para tomar conciencia de que, en un país desigual, debe exigirse un Estado riguroso y capaz de otorgar igualdad real de oportunidades. Cambiar la ley sin atender esa realidad puede desviar el foco del verdadero drama educativo argentino. Nadie debería pasar por alto el certero diagnóstico de Sarmiento: “La educación es el arma más poderosa que puede usar un pueblo para progresar”. En tal sentido, como bien reflexionó, “no debería quedar librada al celo de los padres de familia ni a la caridad privada” tal como se recordara en el Foro de Educar 2050 antes mencionado. “Allí donde el Estado no toma a su cargo la educación común, la ignorancia se perpetúa, la desigualdad se consolida y la república se hace imposible (…) Todos los problemas son problemas de educación”. No podemos seguir haciéndonos los distraídos.

    Fuente: La Nación

  • Cuba, al borde del abismo

    Cuba, al borde del abismo

    Hablar de Cuba, inmersa por años en graves crisis, suena reiterativo, pero la desolación en la que viven sus habitantes obliga a alzar la voz. Las dificultades de la vida diaria son insoportables, cubrir las necesidades básicas es imposible con un salario mensual promedio oficial de 6506 pesos, equivalente a 14,46 dólares al tipo de cambio informal, que es el que se maneja.

    Más allá de las cifras oficiales, es imposible conocer la dimensión del fenómeno de las personas en situación de calle en la Cuba actual. El último censo en la isla, realizado en 2012, registra que para entonces había unas 1108 personas con conductas deambulantes. Para 2024, el propio Gobierno reconoció que más de 3700 personas eran atendidas en centros de protección social. La cruda realidad solo se oculta disfrazada benévolamente detrás de estos números.

    Según el Observatorio de Derechos Sociales, el 89% de las familias cubanas vive en extrema pobreza; el 70% se priva de al menos una comida al día; el 12% de los mayores de 70 años sigue trabajando después de jubilarse para sobrevivir, ya que el 58% de ellos gana menos de 4500 pesos al mes (unos 10 dólares); apenas el 3% de los cubanos puede conseguir los medicamentos que necesita en las farmacias.

    Con pocas opciones en el horizonte, miles de cubanos se han visto forzados a emigrar, buscando en el exilio una vida que su tierra natal ya no puede ofrecerles. Esta diáspora afecta también las remesas, una de las principales fuentes de divisas de la isla. Con la caída del turismo tras la pandemia, motor que supo mantener a flote a la isla, el flujo de ingresos al país es cada vez menor.

    Apagones que forman parte de la vida diaria, carencia de agua y de medicamentos así como de combustible importado, jaquean cada vez más la cotidianeidad de los ciudadanos.

    Así las cosas, no es de extrañar que el malestar de la población vaya en aumento, lo que ha disparado las protestas. El Observatorio Cubano de Conflictos (OCC) contabilizó 1326 de ellas solo en noviembre. El registro superó por quinta vez consecutiva su récord histórico, comparado con las 1249 manifestaciones en octubre, las 1121 en septiembre, las 1023 en agosto y las 845 en julio.

    Todas han sido expresiones de indignación contra el régimen y la respuesta ha sido, como siempre, la represión: detenciones arbitrarias, retenciones ilegales en viviendas, abusos contra presos políticos, amenazas y citaciones policiales.

    El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas (WGAD, por sus siglas en inglés) determinó que Cuba se convirtió en el país con más condenas por detenciones arbitrarias desde 2019, según un informe publicado por la ONG Prisoners Defenders. El reporte concluyó que la represión en la isla no es un fenómeno aislado, sino una política de Estado orientada a silenciar la disidencia y controlar a la sociedad mediante el miedo y la privación de derechos fundamentales.

    Cuba es un país al borde del abismo. El sistema ha caído en una espiral de emigración y colapso social que elimina las mínimas probabilidades de recuperación para la isla. Los cubanos están hartos de la represión, del hambre, del nepotismo, de la violación a sus derechos ciudadanos. Condenados a permanecer en la pobreza, el futuro no es más que una quimera.

    Fuente: La Nación