El Gobierno suspende retenciones a las exportaciones de aluminio y acero hasta fin de año

El Gobierno dictaminó la suspensión temporal de las retenciones a la exportación de aluminioacero y algunos de los productos derivados, mientras busca impulsar las ventas externas que tengan como destino países que aplican altos aranceles de importación.

Esta normativa fue oficializada en el Decreto 726/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, bajo la firma del presidente Javier Mileiel jefe de Gabinete, Guillermo Francos y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.

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El DNU entrará en vigencia a partir de mañana jueves 9 de octubre y resultará aplicable a las operaciones de exportación que se efectivicen hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive, o hasta que los países involucrados reduzcan sus tasas por debajo del 45%, lo que ocurra primero.

Según la nueva normativa, la alícuota se reducirá al 0% para los productos incluidos en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.).

Este beneficio se aplicará solamente cuando las exportaciones se destinen a mercados que mantienen un arancel “ad valorem” igual o superior al 45% sobre el valor de los bienes.

Actividad Metalúrgica

Con esta medida el Ejecutivo busca aumentar la competitividad de la industria nacional en destinos donde las barreras comerciales dificultan el ingreso de productos argentinos, en este caso, del sector siderúrgico y del aluminio.

Productos metalúrgicos con retenciones cero

En el Decreto se detalla que los siguientes artículos serán alcanzados por las retenciones cero, solamente cuando las exportaciones se destinen a mercados que tengan aranceles de importación del 45%:

Laminados planos de hierro o acero sin alear, tanto en caliente como en frío (códigos N.C.M. 72.08 a 72.12).

Aceros aleados en distintas formas, incluidos los laminados planos y los productos intermedios (72.24 a 72.26).

Tubos y perfiles huecos de hierro o acero sin soldadura (73.04).

Aluminio en bruto, barras, perfiles, alambres, chapas y tiras, en distintas presentaciones (76.01, 76.04, 76.05, 76.06 y 76.07).

La medida establece que la Secretaría de Coordinación de Producción del Ministerio de Economía sea la encargada de dictar las normas complementarias y operativas para poder implementar la medida.

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Esta Secretaría también deberá notificar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la lista de países que aplican aranceles iguales o superiores al 45% a las mercaderías incluidas. Del mismo modo, deberá informar cualquier modificación que se produzca en esos esquemas impositivos.

Cuánto tiempo permanecerán las retenciones cero

El Decreto 726/2025 detalla que la suspensión de retenciones en la exportación de aluminio, acero y algunos de los productos derivados comenzará a aplicarse desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial hasta el 31 de diciembre del 2025, inclusive, o hasta que los países destino reduzcan sus aranceles, lo que ocurra primero.

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Con esta medida, el Gobierno busca favorecer el dinamismo exportador de sectores claves, en un contexto de presión fiscal y desaceleración de las ventas externas, brindando alivio impositivo temporal a las empresas metalúrgicas y metalmecánicas que enfrentan altos costos de acceso a mercados internacionales.

Por último, con esta normativa, el sector metalúrgico se suma a las retenciones cero que aún continúa vigente en las exportaciones de carnes avícolas y bovinas hasta el 31 de diciembre.

Fuente: Perfil.com

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