Causa Cuadernos: el Tribunal rechazó en duros términos una maniobra para apartar a uno de los jueces

El Tribunal a cargo del juicio a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y a otros 85 acusados, por supuestos sobornos con la obra pública en el llamado caso Cuadernos, rechazó por “improcedente” un intento de la defensa del exsecretario de Transporte del kirchnerismo Ricardo Jaime de apartar del debate a uno de sus integrantes, el juez Fernando Canero, a casi cuatro meses del inicio del debate oral.Te puede interesar:Un fallo de Cámara Civil reavivió el debate sobre el cese de la cuota alimentaria para hijos mayores de 21 años

“De la simple lectura de los argumentos que sustentan el planteo efectuado por la defensa del imputado Jaime, su improcedencia luce manifiesta», resolvieron los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Castellli y el propio Canero, según la resolución a la que tuvo acceso Infobae y que se firmó a última hora del martes, luego de finalizada una nueva audiencia del debate oral y público que se realiza vía zoom.

“Temor de parcialidad”

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Jaime está preso en otra causa penal, la tragedia del tren de Once. A casi cuatro meses del inicio del juicio Cuadernos y cuando se concluye con la etapa de las llamadas cuestiones preliminares, la defensa del ex Secretario de Transporte de la Nación, a cargo de la abogada Abril Semorile, presentó un escrito a las 12.56 del martes, casi al filo del inicio de una nueva audiencia, para que el juez Canero se inhiba de seguir interviniendo y en caso de una negativa, lo recusó por “temor de parcialidad”.Te puede interesar:Un accidente inesperado dentro de un supermercado derivó en un costoso fallo judicialEl Tribunal en su salaEl Tribunal en su sala de audiencias durante el juicio Cuadernos Fotografía: RS Fotos

El argumento fue que el magistrado formó parte de otro Tribunal, el Oral Federal 6, que impuso a Jaime una pena de ocho años de prisión. Se trató del juicio por la compra de trenes “chatarra” a España y Portugal y enriquecimiento ilícito. Parte de los delitos se declararon prescriptos pero hubo condena por otros. Este veredicto fue revisado en la Cámara Federal de Casación que ordenó llamar a una nueva audiencia para reformular la pena, algo que aún el TOF6 todavía no concretó, según se sostuvo en la recusación.https://a01fa055eeccb318c77c9b1ce8d3076e.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-45/html/container.html

La abogada argumentó “que debía hacer hincapié en la parcialidad demostrada por los jueces intervinientes” en ese juicio oral que tuvo veredicto en abril de 2022 y reseñó “algunas cuestiones vinculadas al juicio y trámite de aquellas actuaciones”, mencionó el Tribunal del caso Cuadernos. La defensa argumentó que ya pasó más de un año y medio sin que ese Tribunal que integró Canero convoque a la audiencia que ordenó Casación, algo que sería “una muestra sobradamente clara de la falta de parcialidad, siendo que la realización de la misma le impondría una pena menor que podría resultar en la inmediata libertad de mi defendido Jaime”.Te puede interesar:La AFA pidió anular la pericia caligráfica en el caso Tofoni por presuntas irregularidades

Conjeturas infundadas

Los jueces Canero, Méndez Signori y Castelli respondieron en el mismo día y calificaron de “ostensiblemente extemporánea” la recusación porque la oportunidad para presentar un planteo semejante fue en 2021, cuando se citó a juicio. Además remarcaron que existe “numerosa jurisprudencia que impide la procedencia de la recusación de un magistrado cuando el reclamo se funda en la intervención que le cupo en un anterior pronunciamiento emitido tempestivamente y en ejercicio de sus funciones legales”.El juez Fernando Canero, aEl juez Fernando Canero, a quien la defensa de Ricardo Jaime intentó sin éxito apartar del juicio Fotografía: RS Fotos

“Las opiniones dadas por los magistrados del Tribunal como fundamento de la atribución específica de dictar sentencia importan juzgamiento y no prejuzgamiento”, advirtió la resolución. Sobre el temor de parcialidad invocado por la defensa de Jaime, concluyeron que es “meramente conjetural” y “resulta infundado” y que los argumentos son “notoriamente ineficaces para sustraer de la causa a un juez natural”.

También remarcaron que la intervención de Canero en ese juicio como parte de ese Tribunal terminó cuando se leyeron los fundamentos de la condena y desde esa fecha “es completamente ajeno al trámite de la causa”.

El Tribunal sostuvo que “no se advierte, ni la parte ha logrado demostrar, que en el transcurso de su intervención en esta causa el magistrado indicado haya evidenciado un desapego a la imparcialidad”.

El temor de parcialidad es “meramente conjetural” e “infundado” y los argumentos son “notoriamente ineficaces”, reiteraron al rechazar “in limine” el planteo porque “los pedidos de recusación manifiestamente inadmisibles deben ser desestimados de plano”, incluso “por los mismos jueces cuya recusación se pretende”.

El futuro del juicio

El juicio seguirá el jueves próximo y será el turno de la querella de la Unidad de Información Financiera y de la fiscalía a cargo de Fabiana León de comenzar a responder los planteos que hicieron todos los defensores en la etapa de “cuestiones preliminares”.

Durante casi un mes, las defensas reclamaron la nulidad del caso, denunciaron presiones y “aprietes” a quienes aceptaron ser “imputados colaboradores”, reclamaron que se anulen de manera total o parcial algunas de estas indagatorias, entre otros planteos.

El Tribunal resolverá una vez que haya escuchado a la parte acusadora y luego dará a conocer el cronograma sobre cómo continuará el juicio, ante reiterados reclamos por dotarlo de presencialidad, al menos en la etapa de las declaraciones indagatorias.

Hasta el momento y desde el inicio en noviembre pasado, todas las audiencias se realizaron de manera remota, vía Zoom.

Fuente: Infobae.com

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