La propiedad no es un privilegio

Cada vez que alguien en la Argentina intenta reafirmar la centralidad del derecho de propiedad, reaparece una objeción recurrente: la necesidad de “flexibilizarlo” en nombre de la cuestión social. Se lo hace sobre la base de expresiones que suenan bien. Demasiado bien: “función social de la propiedad”; “derecho a la vivienda”; “acceso equitativo al suelo”. Son fórmulas remanidas que, en el debate público, adquieren la apariencia de verdades indiscutibles. Nadie quiere oponerse a ellas. Nadie desea aparecer del lado de la dureza frente a la necesidad.

Los norteamericanos tienen una expresión precisa para describir este fenómeno: glittering generalities. Generalidades brillantes. Son palabras luminosas que seducen por su vaguedad, pero que esconden consecuencias que pocos están dispuestos a asumir. Porque cuando esas generalidades brillantes se disipan, lo que queda es una sociedad más conflictiva, más pobre, más incierta y, paradójicamente, más injusta.

La discusión actual entre el Poder Ejecutivo —a través del proyecto impulsado por el Ministro de Desregulación, que con algunas modificaciones obtuvo dictamen la semana pasada— y sectores de la Iglesia Católica vuelve a plantear ese viejo dilema. El proyecto busca reforzar la protección de la propiedad privada y facilitar la rápida resolución de ocupaciones ilegales. Desde algunos ámbitos eclesiales, en cambio, se advierte que la iniciativa podría abrir la puerta a desalojos forzosos y agravar la situación habitacional en barrios populares.

La preocupación social es legítima y parece compasiva. Pero la compasión, cuando se transforma en política pública sin considerar sus efectos, puede convertirse en un postre edulcorado y venenoso. Dulce en la superficie, destructivo en el fondo.

Porque detrás de estas formulaciones aparentemente benignas suele esconderse una idea peligrosa: que el derecho de propiedad puede relativizarse sin costo. Que su protección es negociable. Que su vigencia puede ceder ante la urgencia del momento.

El daño no es inmediato. Las glittering generalities funcionan precisamente porque sus efectos son diferidos. Hoy producen aplausos. Mañana generan litigios, conflictos y desalojos más violentos. Pasado mañana, escasez de vivienda, informalidad y deterioro urbano. Y cuando ese resultado se manifiesta, quienes celebraron las palabras luminosas ya no están dispuestos a asumir su responsabilidad.

Existe además una distorsión moral que no debería ignorarse. Cuando la ocupación indebida se tolera o se justifica, el mensaje es inequívoco: resulta más sencillo acceder a la propiedad mediante la apropiación que mediante el trabajo y el ahorro. La ley deja de proteger al que produce y comienza a amparar al que invade, al que usurpa. No hay política social sostenible sobre esa base.

La doctrina social de la Iglesia ha defendido, con razón, la función social de la propiedad. Pero esa función no equivale a diluir el derecho. La propiedad puede y debe cumplir una función social precisamente porque existe como derecho firme. Si se la debilita, la función desaparece con ella.

El error consiste en confundir sensibilidad con permisividad. La pobreza exige respuestas. Pero esas respuestas no pueden construirse sobre la inseguridad jurídica. La justicia social no se alcanza debilitando derechos, sino ampliando oportunidades.

El derecho de propiedad no es un obstáculo para la justicia social. Es una de sus condiciones. Sin propiedad protegida no hay ahorro; sin ahorro no hay inversión; sin inversión no hay desarrollo ni movilidad social. Debilitar ese derecho en nombre de los más vulnerables suele producir el efecto contrario: más informalidad, más conflicto y, finalmente, más pobreza.

La historia argentina ofrece ejemplos elocuentes. Cada vez que el derecho de propiedad fue relativizado en nombre de emergencias o experimentos sociales, el resultado ha sido una creciente inseguridad jurídica y una disminución de incentivos para invertir y producir. El efecto inmediato puede parecer beneficioso para algunos; el de largo plazo, para todos, suele ser regresivo.

Existe además una confusión conceptual persistente. La cuestión social no se resuelve debilitando derechos, sino ampliando oportunidades. El acceso a la vivienda requiere políticas públicas activas, crédito, planificación urbana e infraestructura. Convertir la ocupación indebida en un atajo tolerado no resuelve el problema. Todo lo contrario: lo agrava.

Cuando el derecho de propiedad se vuelve incierto, el mensaje es claro: adquirir un bien mediante trabajo y ahorro y conservarlo resulta más difícil que apropiárselo mediante la ocupación. Ese mensaje no solo es injusto; es socialmente destructivo.

No se trata de demonizar a quienes viven en situaciones precarias. La pobreza exige respuestas. Pero tampoco puede romantizarse la ocupación ilegal como si fuera una forma legítima de redistribución. Ninguna forma de violencia puede convertirse en política pública implícita.


No puede romantizarse la ocupación ilegal como si fuera una forma legítima de redistribución


El debate actual, en el fondo, no enfrenta sensibilidad social contra rigor jurídico ni benevolencia contra egoísmo. Enfrenta dos concepciones del orden social: una entiende que la estabilidad de los derechos es condición del progreso; la otra confía en que las palabras compasivas bastarán para resolver conflictos estructurales.

Las primeras construyen instituciones. Las segundas solo producen ilusiones. Y las ilusiones, como los postres demasiado dulces o los espejitos de colores, dejan siempre un regusto amargo.

La experiencia sugiere prudencia frente a esta última tentación. Las soluciones que debilitan la seguridad jurídica suelen multiplicar los problemas que intentan resolver.

La propiedad no es un privilegio. Es una garantía. No es un obstáculo para el desarrollo. Es su punto de partida. Y no es incompatible con la justicia social. Es una de sus condiciones. Es el cimiento sobre el cual esa justicia puede construirse.

Fuente: La Nación

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