La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema para que las empresas empleadoras tramiten el beneficio de los REPRO II del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para hacer frente al pago de los salarios del mes de enero de 2021. Tal como informó el ente recaudador nacional, «las empresas podrán iniciar el trámite a partir de este jueves 21 de enero, hasta el 28 de enero, inclusive». A tal fin, las empresas deberán ingresar a la web www.afip.gob.ar, con clave fiscal y adherir el servicio Repro II. AFIP recuerda que allí deberán consignar información indispensable para acceder al programa, entre ella: el balance de la empresa, la declaración jurada del contador o contadora y una plantilla electrónica con indicadores económicos de la firma. El Gobierno estableció «nuevas» condiciones para acceder al Programa Repro II A través del Repro II, el Estado Nacional aporta una suma de hasta 9 mil pesos mensuales a los empleados de las empresas que accedan al Programa, que desde ahora también incluye a aquellas que se encuentran en situación considerada crítica por la pandemia (actividades culturales, recreativas y turísticas) y del sector salud, aunque luego se aclaró específicamente que quedaban fuera del beneficio los empleados administrativos y comerciales de Prepagas y Obras Sociales. Qué trabajadores de Prepagas y Obras Sociales quedan afuera del Programa Repro II Cabe considerar que esta semana el gobierno indicó «nuevas» condiciones para acceder al Programa. De esta manera, podrán iniciar su solicitud: las empresas que se encuentran consideradas en situación crítica; es decir, aquellas dedicadas a las actividades turísticas, culturales y recreativas, a las que se sumó una parte del sector salud. La normativa del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dispuso que el beneficio se extenderá también a los trabajadores con contratos de temporada que cumplan con las condiciones establecidas.
Fuente: Perfil.com
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