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  • Lorenzetti dijo que es «necesario» integrar la Corte hasta completar sus cinco miembros

    El presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, afirmó hoy que los fallos del máximo tribunal «no dependen de un cambio de gobierno» y que en los juicios por delitos de lesa humanidad «no habrá retrocesos».

    Con relación al ballotage del último domingo que impuso como presidente a Mauricio Macri, Lorenzetti opinó que fue «intenso» y «reflejó la voluntad popular», aunque consideró que «hay que mejorar el proceso electoral» para «mejorar la transparencia» de los comicios.

    «Eso es lo que vamos a hacer el año próximo» en el encuentro nacional de jueces, dijo Lorenzetti en ocasión del brindis -algo adelantado- de fin de año que celebró este mediodía con periodistas en Tribunales y empresarios de distintos medios gráficos, radiales y televisivos.

    Lorenzetti también consideró «necesario» integrar la Corte hasta completar sus cinco miembros y recordó que, en la actualidad, luego del fallecimiento de los jueces Carmen Argibay y Enrique Petracchi , el alejamiento de Raúl Zaffaroni y la renuncia de Carlos Fayt -su despacho quedará vacante el próximo 11 de diciembre-, se deben cubrir dos puestos en el máximo tribunal.

    Sobre el editorial de un matutino que ayer abogó contra los juicios por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar y el criterio que podría adoptar las autoridades que asuman el 10 de diciembre, el presidente de la Corte destacó la independencia del tribunal.

    «Hemos hecho un esfuerzo para que el tribunal dicte sentencias como corresponde» y «tomado decisiones en materia de política de estado» como, mencionó, las causas de delitos de lesa humanidad o lucha contra el narcotráfico.

    «La Corte es una institución que funciona de manera independiente, no importa que cambien los gobiernos» y «siempre va a seguir la misma línea», agregó Lorenzetti, con quien coincidió la ministro Elena Highton que, junto a Juan Carlos Maqueda, estuvieron en el brindis con los periodistas.

    «Respetamos la libertad de expresión», pero «no va a haber retrocesos», sostuvo Highton, quien recordó que la Corte declaró «nulas» a las leyes de amnistía, por lo que «los juicios -por casos de lesa humanidad- siguen».

    El «brindis» tuvo, tal como viene ocurriendo en los últimos años, gran concurrencia que colmó el patio de honor del cuarto piso del Palacio de Justicia y comenzó con el agradecimiento de Lorenzetti a periodistas y empresarios periodísticos.

  • La Corte Suprema de Justicia realiza el brindis de fin de año con periodistas

    Dos días después de las elecciones y 40 antes del cambio de calendario, la Corte Suprema de Justicia de la Nación realizará hoy su tradicional brindis de fin de año con la prensa, en un evento que tiene visos de festejo y genera expectativas. La cita fue convocada hace 10 días para las 12.30 en el Salón Oval del cuarto piso del Palacio de Tribunales metropolitano y además de los periodistas que cubren habitualmente el área judicial han sido invitados editores de los principales medios porteños, formadores de opinión y algunos empresarios del sector.

    El ágape suele incluir un breve discurso del titular del cuerpo, Ricardo Lorenzetti, que este año tendrá como marco el inminente fin de la actual gestión presidencial, con la que la Corte mantuvo una relación conflictiva.

    El brindis tendrá lugar pocos días antes de que abandone el cuerpo el ministro Carlos Fayt, próximo a cumplir 98 años, y el máximo tribunal quede reducido a solo tres miembros de los cinco que marca la ley vigente. La recomposición del cuerpo por la vacante que deja Fayt, y por la que dejó Raul Zaffaoni a principios de años al cumplir los 75 años que marca la Constitución, quedó trabada por la oposición parlamentaria que, a partir del 10 de diciembre, se convertirá en el nuevo oficialismo.

    Será del próximo presidente, Mauricio Macri, la tarea de proponer los reemplazantes que luego deberán conseguir una mayoría especial de dos tercios en el Senado, donde el kirchnerismo tiene mayoría.

  • La Corte Suprema ordenó la captura internacional de dos agentes de Hezbollah por la causa del atentado a la embajada de Israel

    La Corte Suprema de Justicia avanzó en el caso que investiga el atentado a la embajada de Israel al pedir la captura internacional del agente de Hezbollah Hussein Mohamad Ibrahim Suleiman y reiterar la de José Salman El Reda, también ligado a la organización terrorista.

    «En el acuerdo de hoy, el Máximo Tribunal resolvió en la causa con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, ordenar la captura internacional de Hussein Mohamad Ibrahim Suleiman y reiterar la correspondiente a Jose Salman El Reda», se informó en el Centro de Información Judicial (CIJ).

    La Corte investiga a Suleiman desde 2005, como agente operativo de la organización terrorista Hezbollah e integrante de la agrupación Jihad Islámica. El acusado habría ingresado al país -a principios de 1992- los explosivos que fueron utilizados en el atentado a la sede diplomática israelí.

    Recién en septiembre de 2015 la embajada de Israel en Buenos Aires, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, confirmó la información antes detallada, en virtud de lo cual se ordenó la captura internacional del nombrado.

    En marzo, el presidente del alto tribunal, Ricardo Lorenzetti, había dicho que el caso del ataque a la Embajada era «cosa juzgada». Entonces la Corte debió aclarar que la investigación «continúa». «Está probada la materialidad de los hechos -cómo ocurrió el atentado- y también señalada la responsabilidad penal de sus autores. […] Ambas circunstancias (pilares de la investigación) han sido consentidas por las partes, y sobre esa base firme se continúa con la pertinente investigación, para lo cual se ha solicitado la necesaria colaboración internacional», añadía el documento.

    En un fallo de la Corte de 1999 se responsabilizó a la Jihad Islámica por el atentado cometido contra la embajada de Israel en Buenos Aires. Asimismo, se dejó en claro que ese ataque se produjo como consecuencia de la detonación de una cantidad importante de explosivos ubicados en la parte posterior de una camioneta Ford F-100, que ocurrió fuera del edificio de la delegación diplomática.

    El tribunal concluyó en aquel fallo que los elementos reunidos en el expediente «proporcionan un grado de certidumbre que permitiría afirmar en el marco de esta resolución que el atentado cometido contra la embajada de Israel en la Argentina fue organizado y llevado a cabo por el grupo terrorista Jihad Islámica, brazo armado del Hezbollah».

    En un documento firmado este año por el secretario Esteban Canevari, a cargo de la causa, se indicó que «la Corte tuvo por probado que el hecho fue causado por la explosión de una carga de pentrita y trinitrotolueno (TNT) que había sido acondicionada en la parte posterior derecha del interior de una camioneta Ford F- 100».

    El documento de la Corte atribuye responsabilidades a Abbas Musawi, secretario del Hezbollah, e Imad Mughniyah, quien dirigía el aparato de seguridad central y exterior del Hezbollah y era el responsable de la Jihad Islámica. «Mughniyah habría fallecido el 12 de febrero de 2008 en un atentado en Damasco, por el estallido de un coche bomba», consignó el documento.

    El tribunal también detectó «vínculos entre el Hezbollah y personas sospechosas que desarrollaban actividades supuestamente comerciales en la zona conocida como Triple Frontera, entre otros Samuel Salman El Reda». La Corte «libró una orden de captura contra José Salman El Reda», que no se concretó. «En junio de 2001 se detuvo en el Reino de Jordania a Hussein Mohamad Ibrahim Suleiman, agente operativo del Hezbollah, quien habría relatado que en 1991 viajó a San Pablo y que a principios de 1992, en Foz de Iguazú, recibió explosivos que transportó a la Argentina en ómnibus –disimulados en cajas de alimentos–, que más tarde fueron utilizados para el atentado contra la embajada de Israel», abundó. La Corte recordó que el 20 de diciembre de 2006 se reiteraron las órdenes de captura internacional de Imad Mughniyah y José Salman El Reda.

    En tanto, el ex juez de la Corte Augusto César Belluscio aseguró que la investigación por el ataque a la embajada de Israel «no está cerrada» y sostuvo que ese país «puso dificultades para investigar» el atentado.

    «No se resolvió nada. Creo que se ordenó continuar la investigación. Evidentemente no está cerrada», sostuvo el ex magistrado, integrante del máximo tribunal entre 1983 y 2005, que firmó en disidencia el fallo de 1999 citado por Lorenzetti. Desde la embajada de Israel a su vez dijeron que es responsabilidad del Estado argentino el seguimiento del caso.

  • Lorenzetti: «El Poder Judicial no puede tener una agenda basada en la pelea con el poder o entre funcionarios»

    Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte Suprema de Justicia, sostuvo esta mañana que el Poder Judicial no puede «tener una agenda basada en la pelea con el poder o entre funcionarios».

    «La gente no espera que los jueces están discutiendo entre ellos sino que resuelvan», aseguró en diálogo con radio América. Y agregó que «la agenda es la del ciudadano común, tenemos que servir a ellos. Lo demás es secundario».

    Lorenzetti, en tanto, defendió la independencia del Poder Judicial, un argumento que supo esgrimir cuando el kirchnerismo intentó poner un pie sobre la Justicia. «El Poder Judicial tiene que ser independiente y nosotros estamos defendiendo esa independencia», afirmó.

    «Todo lo que afecte la independencia del Poder Judicial afecta la Constitución», alertó el magistrado. Asimismo, sostuvo que cuando una norma viola una ley y un juez falla en su contra «eso no es declarar una guerra, es defender la Constitución».

  • Hoy entra en vigencia el nuevo Código Civil, que rige la vida privada de los argentinos

    Ya nada será igual ante la ley: nacer, casarse, tener hijos o incluso morir. El nuevo Código Civil, desarrollado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, trae cambios muy concretos, que implican un esfuerzo por actualizarla al modo de vida de la sociedad actual, ya que la anterior en vigencia tenía 143 años. A continuación, un listado de los cambios, recopilados por el diario La Nación.

     

    NACIMIENTO

    ¿Cuándo comienza la vida? Según el nuevo Código, la existencia comienza desde la concepción. Se considera que la vida empieza desde el encuentro fructífero entre el espermatozoide y el óvulo, dentro o fuera del seno materno. También se establece: «Si no nace con vida, se considera que la persona nunca existió». Se eliminó el término «útero».

    Nombre y apellido. A la hora de inscribir a su hijo, los «vínculos filiares» (se eliminó el término «padres» y se estableció que nadie puede tener más de dos) pueden ponerle hasta tres nombres. Todos los hijos de una misma pareja deben llevar el mismo apellido o la misma integración compuesta de apellidos que lleva el primer hijo.

    Alteraciones genéticas. Se prohíben las prácticas destinadas a alterar la constitución genética de la descendencia, excepto las que tiendan a prevenir enfermedades hereditarias.

     

    HIJOS

    Hay nuevos términos y criterios que se instalan con el nuevo Código. Desaparece el concepto de «tenencia» de los hijos y se reemplaza por el de «cuidado». Ya no se habla de «patria potestad», sino de responsabilidad parental. No hay más un régimen de visita, sino un sistema de comunicación. Aparece el criterio de «voluntad procreacional», según el cual, la paternidad no se define por un vínculo biológico sino por la voluntad de tener un hijo.

    Escuchados. Se reconoce el derecho de los hijos a ser escuchados, no sólo ante un juez, en procesos que los involucre. Los adolescentes, desde los 13 años deberán asentar su consentimiento para ciertos tratamientos médicos o para salir del país incluso con sus dos padres y pueden hacerse por sí mismos estudios no invasivos. Los mayores de 16 podrán realizarse prácticas médicas invasivas sin consentimiento de sus padres.

    Reproducción asistida. Si bien se estableció que es objeto de una ley específica, la 26.862, se introdujo el concepto de «voluntad procreacional» como elemento determinante de la filiación asistida, más allá de la filiación genética. Se establece que si una pareja no logra un embarazo y decide recurrir a la fertilización asistida, mediante la donación de óvulos o espermatozoides, la filiación no estará determinada por el material genético sino por la voluntad procreacional de la pareja. Cuando el hijo nazca será considerado hijo legítimo de la pareja, que no podrá impugnar la paternidad alegando razones genéticas.

    Origen biológico. Las personas nacidas mediante técnicas de reproducción asistida tienen derecho a conocer su origen biológico. El centro médico deberá guardar un registro, al que el hijo podrá acceder mediante presentación judicial en la que certifique las razones por las que quiere conocer esa información.

    Adopción. Los cambios en el Código debería significar una agilización en los procesos, ya que los jueces deberán resolver en un plazo máximo de nueve meses sobre la situación de los chicos que crecen sin cuidados parentales. En este tiempo deberán decidir si lo declara o no en estado de adoptabilidad. Si no es así, debería volver con su familia de origen. Pero si esto no fuera posible, por ejemplo porque persisten las situaciones por las que se lo alejó de su hogar, debe autorizarse su adoptabilidad. Por otra parte, sólo serán válidas las adopciones de aquellos que las hayan tramitado mediante la inscripción en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción. El nuevo Código Civil prohíbe que las entregas directas y las guardas de hecho terminen en una adopción.

    Hijos afines. Se crea una figura que reconoce los derechos y las obligaciones de la pareja de la madre o del padre que tiene a cargo el cuidado de los hijos. El padre o la madre afín tendrá derecho a ser reconocido por ciertas instituciones. Como por ejemplo, en los colegios, o en los hospitales y sanatorios. Por otra parte, no podrá desentenderse de los alimentos y cuidado de ese hijo en caso de que finalice su relación con el progenitor. En todos estos casos, el vínculo del padre o madre afín se supeditará a la presencia o no del padre o madre real.

    Padres con un plan. Los padres que decidan poner fin a su relación deberán establecer ante la Justicia un plan de parentalidad, un acuerdo que contemple las modalidades bajo las cuales desempeñarán el cuidado del hijo. Este plan puede establecer el lugar y tiempo en que el chico permanecerá con cada uno, las responsabilidades que asuman, las vacaciones, las fechas significativas con la familia y también todo lo referente a la comunicación entre el hijo y el padre con el que no vive. Para aprobar el plan, el juez deberá escuchar si los chicos están o no de acuerdo con esa propuesta, o propone algo distinto.

    Fin del castigo físico. El nuevo Código prohíbe expresamente el castigo físico de los hijos en todas sus formas, algo que en cambio estaba contemplado por el Código anterior.

     

    FORMACIÓN DE PAREJAS

    Para casarse hay que tener 18 años y los conceptos de hombre o mujer se reemplazan por «contrayentes». Se incorpora al Código el matrimonio igualitario, con todos sus alcances.

    Fin de la fidelidad. Desaparece el deber conyugal de fidelidad y el adulterio ya no existe como causa de divorcio. La pareja tampoco está obligada a convivir y desaparece el deber de «mutuo respeto». En cambio se deben asistencia y alimento.

    Acuerdo pre y posnupcial. Al casarse se puede optar por compartir o no los bienes. La decisión se puede modificar una vez al año y debe certificarse ante escribano. Si eligen el régimen de separación de bienes, cada uno adquiere su patrimonio como si no estuviera casado. Optar por un régimen u otro puede tener implicancias patrimoniales en la cuestión impositiva. Los matrimonios ya constituidos antes de que entre a regir el nuevo Código deberán esperar un año para optar por un sistema de separación de bienes.

    Acuerdo de convivencia. Los que no se casen pueden elegir por firmar un acuerdo con mayores alcances que el de los matrimonios. En caso de separación se puede puntualizar qué ocurre con la vivienda, qué tipo de educación tendrán los hijos y quién quedará al cuidado de ellos, qué sucederá con las mascotas y los bienes. También podrán fijar una recompensa o compensación en caso de que uno de los miembros ponga fin a la relación.

    Sin acuerdo igual hay derechos. La ley reconoce derechos a las parejas aunque no certifiquen la convivencia ni firmen un acuerdo. No son derechos patrimoniales ni de herencia, sin embargo, en caso de ruptura o muerte, un juez puede decidir que la vivienda le corresponde temporalmente a uno de los dos, aunque no sea el titular, sobre todo si hay chicos, pero también si esa persona no tiene otro lugar donde vivir o si salió «perjudicada» por la decisión del otro de terminar la relación. Puede pedir una compensación o recompensa económica. Además, podría vivir en esa casa por un tiempo equivalente al que duró la relación.

    Señor y señora de. Cualquiera de los cónyuges puede optar por usar el apellido del otro, con la preposición «de» o sin ella.

    Divorcio exprés. Cambia la manera de divorciarse. Desaparecen los plazos y las causas. No habrá que demostrar ante un juez quién tuvo la culpa del fracaso matrimonial ni tampoco estarán obligados a hacer una terapia para recuperar la relación. Alcanzará con que uno de los dos decida romper la pareja. Para eso, deberá elaborar un plan y presentarlo ante el juez, proponiendo cómo se organizará la vida familiar desde entonces: los gastos, la vivienda, los hijos, las deudas, etcétera. La otra parte de la pareja podría enterarse de tal decisión, al recibir la notificación judicial.

    Protección universal de la vivienda. Una persona casada o en unión convivencial no podrá vender ni alquilar la vivienda familiar sin el acuerdo de su cónyuge o pareja.

     

    MUERTE

    La existencia de la persona termina por la muerte, establece el artículo 93. La comprobación de la muerte queda sujeta a los estándares médicos aceptados, aplicándose la legislación especial en el caso de ablación de órganos. También se establece que la ausencia de una persona de su domicilio sin que se tenga noticia de ella por tres años permite presumir su muerte.

    Herencia. El nuevo Código modifica el porcentaje de la legítima herencia, es decir que aumenta de un 20% a un 33,3% la proporción de la herencia que alguien puede dejar a otra persona o institución, sin importar la existencia de un vínculo familiar. Esto beneficiará, por ejemplo, a quienes no están casados, ya que la convivencia, certificada o no, no otorga derechos sucesorios.

    Fideicomisos familiares. La nueva legislación facilita la creación de fideicomisos familiares, esto es fondos que se crean para ser administrados para un fin específico. Por ejemplo, alguien que tiene un hijo con alguna discapacidad, o padres mayores y quiere dejarles, además de la herencia, recursos para que vivan y no pasen alguna necesidad.

    Declaración de incapacidad. La nueva legislación elimina el carácter permanente de la declaración de incapacidad. En cambio, será por un fin específico, como el de disponer de sus bienes, que se deberá renovar cada tres años. Y se incluye la posibilidad de que sea por factores psicológicos o por adicciones de distinto tipo, por ejemplo, al juego.

    Muerte digna. En circunstancias de enfermedad irreversible o en estado terminal, se debe tener en cuenta la decisión de la persona de rechazar o aceptar procedimientos extraordinarios y desproporcionados en relación con las posibilidades de mejoría o que tenga por único efecto prolongar en ese estado terminal una vida en padecimiento.

  • A partir de mañana rige el nuevo Código Civil y Comercial

    A partir de mañana, 1 de agosto, comenzará a regir el nuevo Código Civil y Comercial, el cual rige muchos aspectos de la vida cotidiana de todos los argentinos. Cambiará de esta forma la relación de actos cotidianos de la vida ante la ley como, el nacimiento, casamiento, divorcio, separación, tener hijos y hasta la muerte. Según el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti el código civil es a la vida privada lo que la Constitución Nacional a la vida pública.

    La nueva ley tiene como objetivo aggiornar las reglas por las cuales se rige nuestra vida, ya que el código anterior no estaba a la altura de las nuevas necesidades y cuestiones que existen en la sociedad moderna actual en la que vivimos. El código anterior reflejaba otro tipo de sociedad que respondía a un único modelo de familia conformada por un padre una madre e hijos. Una forma de vida antigua para nuestros días con relaciones sociales mucho mas verticales. A partir de mañana dejaremos de regirnos bajo normas que duraron 144 años.

    Haace 5 años por iniciativa del gobierno nacional se convocó a una comisión de expertos juristas para reformar y crear un nuevo código. El proceso estuvo a cargo del presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, por la jueza del máximo tribunal Elena Higton de Nolasco y por el ex miembro del tribunal mendocino Aída Kemelmajer de Carlucci.

    En 2012 fue entregado un anteproyecto al gobierno, que luego de algunas modificaciones fue enviado al congreso. Luego de varias modificaciones y extensas discusiones como así también audiencias públicas el proyecto fue aprobado por el COngreso Nacional y comenzará a regir a partir de mañana.

    Algunas de las claves de la reforma:

    Divorcio a pedido de uno
    Puede ser solicitado por uno o ambos cónyuges (sin tener que esperar un plazo mínimo, como ahora) y se elimina el divorcio por “culpa” (como el adulterio o injurias graves).

    Convenciones prematrimoniales
    Antes de la celebración del matrimonio, los futuros cónyuges podrán hacer convenciones para determinar el valor de los bienes que tienen, de sus deudas, de las donaciones que se hagan entre ellos y optar por alguno de los regímenes patrimoniales previstos.

    Patrimonio en el matrimonio
    Se prevé, además del régimen ganancial, el de separación de bienes, por el que cada uno de los cónyuges conserva la libre administración y disposición de sus bienes personales.

    Adopciones
    Se prohíbe expresamente la entrega directa (caso en que la madre se lo da a otra familia y luego el juez convalida la situación de hecho). Además, se establece un sistema que, supuestamente, acortará el proceso de adopción.

    Casamiento
    En los casamientos los conceptos de hombre o mujer se reemplazan por «contrayentes».

    Uniones convivenciales
    Se establece un régimen jurídico para las convivencias.

    Reproducción asistida
    Los hijos nacidos de una mujer por las técnicas de reproducción humana asistida son también hijos del hombre o de la mujer que prestó consentimiento previo, inscripto en el Registro Civil, con independencia de quién haya aportado los gametos. También se establece que la existencia de la persona comienza desde la concepción.

    Sociedades de un solo socio
    Se permitirá la separación del patrimonio de una sola persona física de la persona jurídica unipersonal.

    Nuevos contratos
    Se incorporan modernas formas de contratación, como los contratos de arbitraje, agencia comercial, concesión comercial, franquicias. También, los contratos de adhesión (a cláusulas generales predispuestas unilateralmente) y los realizados por medios electrónicos.

    Prescripciones
    El plazo genérico de prescripción es de cinco años, salvo que la normativa específica prevea uno diferente.

    El nombre y los apellidos
    Da más libertad a las personas para definir el nombre. Los hijos podrán llevar como primer apellido el de cualquiera de los dos cónyuges. Si no hay acuerdo, se ­determinará por sorteo en el Registro Civil.

    Aquí se encuentra el texto completo del Código Civil y Comercial, que consta de 2.671 artículos divididos en seis libros y 46 títulos con más de 500 páginas.

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  • Hoy se espera la movilización por la «independencia judicial» en Tribunales

    Hoy a partir de las 18 se espera una marcha por la «independencia judicial» frente al Palacio de Tribunales impulsada por algunos jueces, fiscales y funcionarios judiciales y apoyada por dirigentes políticos de la oposición y asociaciones de la sociedad civil.

    El hecho que motivó el acto fue el desplazamiento del camarista Luis Cabral, removido de la Cámara de Casación, donde oficiaba de subrogante, por la mayoría kirchnerista del Consejo de la Magistratura. La aplicación del nuevo régimen de subrogancias impulsado por el Gobierno puso en alerta parte del mundo de la Justicia y la política.

    A pesar del pedido de los organizadores de no «politizar», dirigentes de la oposición como Mauricio Macri, Sergio Massa, Elisa Carrió, Ernesto Sanz, Margarita Stolbizer, Oscar Aguad, Ricardo Gil Lavedra y Victoria Donda planean participar de la manifestación. El oficialismo, en cambio, la cuestionó. El viceministro de Justicia, Julián Álvarez, la definió como una marcha «paqueta».

    El gremio judicial, liderado por Julio Piumato, acompañará el acto y puso a disposición un camión que será usado como escenario. Desde allí, se leerá una declaración «contra el avasallamiento del Poder Judicial», un documento que cuestionará las frustradas leyes kirchneristas de «democratización de la Justicia», las normas de implementación del Código Procesal Penal y el nuevo sistema para cubrir las vacantes en los tribunales.

    Una hora antes de la manifestación, el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, recibirá a los presidentes de las cámaras federales de todo el país, que le manifestaron su preocupación por el nuevo régimen de subrogancias promovido por el oficialismo. Los camaristas le escribieron una carta la semana pasada y Lorenzetti los convocó de urgencia a esta reunión.

    La Asociación de Magistrados, máxima agrupación de jueces, fue una de las promotoras originales de la movilización de hoy. La otra fue la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), que reúne a agrupaciones de letrados de todo el país. Hace una semana, en la sede de la Asociación de Magistrados se reunieron referentes de la oposición para sumar su apoyo al acto de hoy, reclamar que se garantizara la independencia judicial y respaldar a Cabral. El gesto quedó grabado en una foto donde jueces y fiscales se mezclaron con macristas, radicales, socialistas y massistas.

    La última movilización convocada por funcionarios de Tribunales fue la multitudinaria marcha por la muerte de Alberto Nisman. Se realizó un mes después de la muerte del fiscal y se conoció como «18-F»; ésta es «7-J».

  • Aníbal Fernández criticó el accionar de los jueces

    El jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, afirmó hoy que «los magistrados deberían seguir hablando a través de sus sentencias», al salir al cruce de un grupo de jueces que manifestó su «preocupación» por un supuesto «avance del Gobierno contra el Poder Judicial» a través de una carta enviada al presidente de la Corte de Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti.

    «La verdad es que a esas cartas ya no les encuentro sentido. Sigo creyendo que los magistrados deberían seguir hablando por sus sentencias. Sigo creyendo que hay un montón de gente que, amparadas ante determinadas luces generadas en algún momento de la historia de nuestro país reciente, siguen creyendo que la Argentina va por ese camino y es inaceptable que sigan por ese camino», respondió el funcionario al ser consultado sobre la misiva conocida ayer.

    De esta forma, en declaraciones a la prensa en Casa de Gobierno, Fernández se refirió al texto donde medio centenar de jueces le transmitieron a Lorenzetti su «inquietud» y «preocupación» por las decisiones del Consejo de la Magistratura y la ley de subrogancias, luego de que a Luis María Cabral le dieran por concluida su etapa de subrogante en la Cámara de Casación Penal.

    «Acá hay una nueva ley de subrogancia, que es la 27.145, que es la que dice con toda claridad cómo se debe hacer para poner un juez subrogante con las características y con lo que estipula nuestra propia Constitución Nacional», agregó el ministro coordinador.

    Respecto de Cabral, Fernández dijo que «no tenía legitimación porque fue puesto a dedo en algún momento por el doctor Madueño que ya se jubiló. No existe en ningún lado y lo han designado los vocales del Tribunal de Casación con una ley que fue declarada inconstitucional», aseveró.

    Para el funcionario, «la realidad entonces es que estamos en presencia de soluciones respecto de lo que la propia ley 27.145 ha puesto y eso es lo que han dicho en primer lugar la Corte Suprema al rechazar el pedido del fiscal Pleé y que va en el mismo sentido de lo que había pedido el doctor Geminiani que es el presidente de la Sala. Además, se ha expedido la Cámara Federal de Casación en la cual dice con toda claridad que avala lo realizado por el Consejo de la Magistratura, que es serio y que está haciendo lo que dice la Constitución Nacional».

    Consultado por el «contenido político» de la marcha convocada por sectores de la Justicia, junto a los partidos de la oposición política, para el próximo 7 de julio, el jefe de Gabinete de ministros respondió: «En nuestro país cualquiera se moviliza por lo que quiere, porque la libertad reina y nadie puede decir lo contrario. Si quieren movilizarse, que se movilicen, pero que tengan en cuenta los derechos en términos a lo que se está llevando a la práctica, porque está todo en el marco legal y ajustado a derecho a lo que dice la propia Constitución de la Nación argentina».

  • Lorenzetti reunió a jueces federeales y pidió la unidad

    El presidente de la Corte Suprema de Justicia reunió ayer a un a multitud de jueces y magistrados con motivo de comprometerse con la agenda medioambiental por el Día Mundial del Ambiente. La reunión se llevó a cabo en el Patio de honor del Palacio de Tribunales.

    Mas allá del motivo de la reunión, el objetivo del titular de la Corte fue mostrar unidad y fortaleza ante los distintos proyectos impulsados por el Gobierno como la reciente aprobación de un paquete de leyes en Diputados y la investigación que existe sobre el Juez Fayt.

    En su discurso ante los cientos de magistrados, Lorenzetti fue muy contundente. «Necesitamos un Poder Judicial unido. Y ésta es una clara demostración. Estamos unidos no por corporativismo, sino por ideales. Muchas veces escuchamos decir que el Poder Judicial tiene que ser independiente. Del gobierno, del Estado y de las corporaciones. No todos se han mantenido firmes contra las corporaciones como nosotros», deslizó. Y agregó: «Los países y sus ciudadanos necesitan poderes judiciales fuertes e independientes. Hay que ser independientes de todos, esto hay que entenderlo y respetarlo» y concluyó diciendo que «no hay que tener miedo cuando se dice que hacemos política» porque «el Poder Judicial hace políticas públicas».

    Entre los presentes se destacaron los jueces federales, Ariel Lijo, Claudio Bonadio, Julián Ercolini y María Romilda Servini de Cubría. También asistieron las principales autoridades del Consejo de la Magistratura, entre ellas la presidenta Gabriela Vázquez.

  • El bloque de diputados del  Frente Para la Victoria pidió investigar la reelección de Lorenzetti

    El bloque de diputados del Frente Para la Victoria pidió investigar la reelección de Lorenzetti

    El bloque de diputados nacionales del Frente para la Victoria presentó una nota ante Julián Domínguez, para que remita a la comisión de Juicio Político de la cámara baja, mediante la cual se pide que investiguen al juez Carlos Fayt en relación a la firma de la acordada por la cual se reeligió a Ricardo Lorenzetti al frente de la Corte Suprema de Justicia.

    El documento en donde la Corte Suprema ratificó la continuidad de sus autoridades, Ricardo Lorenzetti como titular del cuerpo y de Helena Highton de Nolasco como su vice, está identificado con el número 11/2015, y fue dado a conocer el 22 de abril.

    Los diputados del bloque que encabeza Juliana Di Tullio fundamentan el pedido en las irregularidades formales que habría tenido la firma de esa acordada, sobre todo en lo referido a la ausencia del ministro Carlos Fayt en el edificio del máximo tribunal cuando se produjo la rúbrica. En declaraciones recientes, la presidenta de la comisión de juicio político Anabel Fernández Sagasti afirmó que, de comprobarse ese delito, se «estaría en un caso de mal desempeño» y en una «cuestión institucional de gravedad», razón por la que cabría la intervención de la comisión que preside. La figura, en suma, podría ser causal de remoción.

    Este pedido, que ahora deberá ser tratado por la comisión que preside la diputada, se suma al tratamiento del expediente por el cual se solicitó un examen psicofísico a Fayt, de 97 años, informaron desde el bloque del FpV.

    La reunión para tratar este nuevo expediente se realizaría la próxima semana en una jornada de trabajo en la que también se informará sobre el estado de avance de las pruebas previas requeridas en relación al expediente abierto sobre el examen psicofísico al juez.